¿Prescribe...?

Realizada por Raquel Senosiain. 11 feb 2014

Mi hermana se separó hace 10 años. Nunca ha pagado su ex marido la pensión alimentaria del hijo en los términos que se recogió en el Convenio Regulador. El hijo aún no se ha emancipado. Debía pasar un dinero mensual a la cta. de mi hermana y actualizar cada año. El ex marido le daba el dinero (nunca actualizó) directamente al hijo.

¿Puede mi hermana reclamar por incumplimiento? El hijo trabaja esporádicamente, tiene 28 años, pero aún no está emancipado ni se puede sustentar económicamente.

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Buenas tardes, desde el momento que un hijo es mayor de edad, la pensión alimentaria debe ser ingresada en la cuenta de éste , y no de la madre.

Respecto a las actualizaciones, debe ser el hijo quien podría reclamarle por vía judicial a su padre las que le puedan corresponder, pero eso sí, únicamente los últimos cinco años. Un saludo.

Myriam Arboledas Abogado en Murcia

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Buenas tardes:
Si lo que ha sucedido es que la pensión según convenio se debía ingresar en una cuenta de su hermana pero se ha venido ingresando en una cuenta del hijo, no, no podría reclamar por incumplimiento en modo alguno. La pensión alimenticia es un derecho del hijo, si bien cuando es menor de edad sería la madre quien lo gestione, de ahí que se suela ingresar en la cuenta de la madre.
Pero por lo que relata, en el caso de su hermana, el hijo ya era mayor de edad cuando se produjo el divorcio de los padres, dado que si ahora tiene 28 y esto sucedió hace 10 años, ya tenía 18 años, por lo cual el padre siempre habría debido ingresarle directamente al hijo, independientemente de la referencia a la cuenta de la madre en el convenio.

En cuanto a las actualizaciones, el hijo (no ya la madre que ninguna legitimación tiene respecto de esa pensión) podría reclamarle judicialmente a su padre las correspondientes a los últimos cinco años. Lo anterior habría prescrito.

Esperando haberle sido de utilidad,

Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

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