¿Posible demanda años después de una extinción de condominio?
Hola, hace 3 años mi ex novia y yo firmamos una extinción de condominio sobre el piso que compramos entre ambos. Como, según reza en la escritura notarial "el valor del piso era idéntico al de la deuda pendiente" (que era prácticamente toda, apenas pagamos dos años entre los dos de hipoteca) yo le di una pequeña cantidad al margen (1000 euros) y se dio por pagada liberándola de la deuda del piso, que me quedé yo y asumí enteramente, por supuesto. Además también me hice cargo de todos los gastos notariales y demás. En la escritura de extinción pone literalmente "y se dan por pagados comprometiéndose a no reclamarse nada en un futuro por este concepto".
Desde entonces ya el piso figura únicamente a mi nombre. Es mío, vaya.
Al cabo de 3 años me dice que debía haberle pagado "todo lo que ella puso" para la casa -en dos años de hipoteca recién estrenada, ya entenderán que es una cantidad pequeña- y que no sabe si hablar con abogados para intentar reclamarme. Que como yo no tenía domiciliada mi nómina puede intentar demostrar que ella pagó más de hipoteca que yo esos años, una cosa rocambolesca.
¿Acaso no compró la casa libremente? ¿Acaso no firmó ante el notario en plenas facultades? Me parece alucinante y entiendo que jurídicamente tiene poco que rascar. Un amigo abogado me dijo que no había caso y que "si quiere ir al juzgado y demandar, adelante, que asuma las consecuencias". Me gustaría saber alguna opinión más para quedarme tranquilo.