Posibilidad de los hijos a reclamar una herencia que fue rechazada por su padre

Realizada por F. Gómez López. 25 mar 2015

Hola. Mis hijos, que eran menores cuando su padre rechazó una herencia, ¿podrían reclamarla ahora que son mayores de edad?

Gracias. Un saludo

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Buenos días, nuestro Código Civil establece, con carácter general, que una vez repudiada una herencia, este acto es irrevocable, y no puede ser impugnado, excepto en algunos supuestos. Ahora bien, en el momento de repudiar la herencia, menciona que los hijos eran menores de edad. Sabiendo la fecha en que se produjo la repudia de la herencia, podremos determinar si ha finalizado el plazo de prescripción para interponer la acción correspondiente. Si desea ampliar más información, puede contactar con nosotros, y valoraremos su caso.

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Buenos días, nuestro Código Civil establece, con carácter general, que una vez repudiada una herencia, este acto es irrevocable, y no puede ser impugnado, excepto en algunos supuestos. Ahora bien, en el momento de repudiar la herencia, menciona que los hijos eran menores de edad. Sabiendo la fecha en que se produjo la repudia de la herencia, podremos determinar si ha finalizado el plazo de prescripción para interponer la acción correspondiente. Si desea ampliar más información, puede contactar con nosotros, y valoraremos su caso.

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Buenos días,
Para poder darle una respuesta adecuada a su caso, necesitamos valorar las circunstancias y todos los datos. En un principio, sus hijos sí podrían reclamar la herencia, siempre y cuando estemos dentro de los plazos legales establecidos a este efecto. Si lo desea, no dude en ponerse en contacto con nosotros, estaremos encantados de atenderle y valorar su caso.

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Buenos días Sr. Gómez,

Sería necesario estudiar el testamento y saber el tiempo transcurrido para comprobar si ha prescrito la acción.

Quedamos a su disposición para concertar una cita.

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Buenas tardes,
La herencia podría ser reclamada por sus hijos, siempre y cuando estemos dentro del plazo legal establecido al efecto. Para ello, debería ponerse en contacto con nuestro despacho, en dónde estudiaremos su caso de forma individualizada y con toda la documentación e información necesaria. No dude en ponerse en contacto con nosotros.

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Buenos días,

Necesitariamos estudiar el testamento y saber el plazo trasncurrido a efectos de prescripción de la acción.

Quedamos a su disposición para concertar una cita

Un saludo

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Buenos Días, le informamos que a falta de más datos, dado que habría que revisar el testamento y el tiempo transcurrido a efectos de prescripción, si podrían reclamarlo. No obstante si desean que valoremos su caso, en Grech Abogados, estaremos encantados de atenderle, venga a vernos!!!!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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La respuesta es en principio Sí. Habrá que ver, no obstante, el testamento y saber el tiempo transcurrido para poder confirmarlo.
Si el difunto o usted están en Cataluña, pueden acudir a mi despacho para que les ayude a reclamar la herencia o legado.
Saludos
Chantal Catalá
CATALÀ ADVOCATS

Chantal Català Comas Abogado en Barcelona

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