¿Por qué el banco no quiere darme mi dinero?

Realizada por jose jose corbella alemany. 24 nov 2015

Se trata de una herencia que en su momento fue y es aún muy complicada, fue el juzgado quien intervino.

Hay aun muchas cosas por resolver, pero lo que ahora me ocupa es que en la sentencia el juez me otorgaba unas cuentas bancarias, acciones etc., yo no podía disponer de ellas pues mi madre era usufructuaria

Muerta mi madre fui al banco con la documentación, certificado defunción de mi madre, documento que el mismo banco acreditaba dichas cuentas, sentencia judicial, he inventario que la parte contraria aporto con la demanda

A día de hoy solo recibo evasivas y nada concreto ni por escrito ni de palabra

De vez en cuando voy al banco y la directora no sabe, según ella ya el banco me ha enviado la resolución, etc.

Decir que en otros bancos no tuve ningún problema

¿Qué me sugieren que puedo hacer?

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Buenos días, para poder darle una respuesa en profundidad, debería poder examinar la documentacion que tiene, puesto que si tiene sentencia firme de la herencia anterior, y la liquidacion y adjudicación de la herencia de su madre, no debería haber problema para el banco le de acceso a los fondos que reclama.
Quedo a su disposición. Un saludo.

Ignacio Jimenez - Abogado Abogado en Madrid

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Buenas Tardes Jose, le informamos que debe usted requerir al Banco por burofax, y si no recibe respuesta, deberá plantear reclamación ante el Banco de España, en caso contrario habría que estudiar acciones legales para recuperar ese dinero que le pertenece como heredero una vez haya aceptado la herencia y liquidado el impuesto de Sucesiones. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados, estaremos encantados de atenderle, venga a vernos!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días:

Sin perjuicio del resto de las acciones que emprenda, le sugeriríamos que realizara su requerimiento por escrito poniendo de manifiesto que ha sido facilitada al Banco toda la documentación necesaria para que proceda a la entrega del capital (Copia de la Sentencia por ejemplo), presentándolo por duplicado en el Banco para que le firmen y sellen su recepción y, subsidiariamente, si no se lo recogiesen en esta forma, lo enviara por burofax.

Si aun asi su solicitud no es atendida, presente copia de la reclamación realizada (debidamente sellada o con el acuse de recibo del burofax y su texto) al servicio del Defensor del cliente del propio Banco (si lo tiene) o directamente al Banco de España.

Sin perjuicio de lo expuesto, quedamos a su disposición para un estudio y atención personalizado si lo requiere.

Cordiales saludo Carreño&Casado Abogados

Carreño & Casado Abogados Abogado en Collado Villalba

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Hay ciertos bancos que ponen las máximas trabas para entregar el dinero que corresponde al cliente, habitualmente además de los documentos que has mencionado, exigen haber liquidado el impuesto de sucesiones. De no concretar el banco la documentación que te requieren para poder sacar los saldos, consulta con un letrado y que se lo requiera al banco, así como para contrastar si toda la documentación que te exige realmente es necesaria.

Abogados Pérez & Olivares Abogado en Casas-Ibáñez

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