Piso en herencia

Realizada por Carmen Gómez. 24 jul 2016 Herencias

Buenas tardes,


Mi pregunta es referente al piso de mi padre. Mi abuela se lo dejó en herencia, textualmente pone en el testamento que es heredero universal con libre disposición de la vivienda.


Hay cuatro hermanos más a los que les pertenece una pequeña parte, la legítima. En un principio impugnaron el testamento pero perdieron el juicio. Así que no les ha quedado otra más que firmar la aceptación del testamento.


Mi pregunta es: si mi padre no tiene de momento la intención de vender el piso, ¿tiene la obligación de pagarles su parte (la legítima) al resto de herederos en un periodo máximo estipulado por ley? En el testamento no habla nada de ello. Mi padre está preocupado porque no sabe si sus hermanos pueden obligarlo a darles su parte en un tiempo máximo estipulado. Para él, de momento le es imposible dar a nadie su parte.


¿O es que tan solo mi padre está obligado a repartir el dinero tan solo en el caso de poner en venta la vivienda?

Y por otra parte, ¿un piso en esta situación puede cambiarse por otro (lo que se le llama permuta)? ¿Tiene mi padre libertad de hacerlo? Al ser un cambio y no recibir beneficio económico, creemos que no se considera venta, por lo tanto no estaría obligado a repartir, ¿es así?


Agradezco enormemente vuestra ayuda.


¡Un saludo!

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

La legítima no es opcional. Hay que respetarla porque así lo impone la legalidad y esto hay que hacerlo tan pronto como sea posible.

Contacte con nosotros y nos ocuparemos de todo. Saludos cordiales.

SdeY Abogados Abogado en Madrid

1865 respuestas

4682 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas Tardes Carmen, le informamos que si desea que valoremos su caso con detalle así como la escritura de aceptación y adjudicación de herencia , en Grech Abogados somos expertos en Sucesiones, venga a vernos o escribanos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

5488 respuestas

2184 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Hola Carmen.

Sin examinar la documentación no es posible proporcionar una respuesta certera.

No obstante, Vd. no hace referencia alguna a la escritura de adjudicación (o a la resolución judicial). Es esa escritura o resolución judicial (no en el testamento) donde se establece si la propiedad es exclusiva de su padre y éste debe de compensarles en metálico o sin, por el contrario, la propiedad de la vivienda es compartida.

Si la propiedad fuera exclusiva de su padre y estuviera obligado a pagarle a otros su parte, lo normal es que ese pago deba hacerse de modo inmediato.

Si, en cambio, la propiedad es compartida cualquiera de las partes puede promover a través del Juzgado la venta en subasta pública y el reparto del precio según la parte de cada uno en la copropiedad.

Le insisto que, sin examinar la documentación, la respuesta anterior debe entenderse en términos genércios.

Javier Sampedro
Abogado
La aceptación de la herencia, en sí misma, no es suficiente para atribuir la propiedad a nadie. Se requiere de un siguiente paso que es la adjudicación; en la adjudicación se determina quién es propietario de cada bien y si, se atribuyera,

Javier Sampedro Abogado en Madrid

40 respuestas

84 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Abogados especialistas en Herencias

Ver más abogados especializados en Herencias

Otras consultas sobre Herencias

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas