¿Pierdo mi pensión por casarme?

Realizada por Pedro. 16 sep 2014

Tengo 67 años, estoy cobrando la pensión de viudedad de mi difunto esposo.

Ahora he conocido otra persona, y quiere casarse conmigo, pero me da miedo que si me caso con él pierdo mi pensión de viudedad, ¿verdad? Además, ¿cuántos años tengo que estar casada con él para después volver a tener pensión en el hipotético caso de que fallezca?

¿Si nos hiciéramos pareja de hecho también perdería mi pensión?

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Buenos días.

Efectivamente perdería la pensión ya sea por matrimonio como por inscripción en el Registro de Parejas de Hecho.

Existe una excepción a lo anterior, pudiendo conservar la pensión de viudedad siempre que cumpla con los siguientes requisitos:
1.- Ser mayor de 61 años, que en su caso ya indica que sí.
2.- Constituir su pensión de viudedad la principal fuente de ingresos (Que lo desconozco).
Y
3.- Tener el matrimonio o pareja de hecho unos ingresos anuales, de cualquier naturaleza e incluida la pensión de viudedad, que no superen dos veces el importe, en cómputo anual, del SMI vigente en cada momento.

Espero le haya ayudado.
Un saludo.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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Buenos días María,

Únicamente se pierde la pensión de viudedad en los casos en que en la unidad familiar se supera 15.487,20 euros de ingresos anuales.

En caso de que se case nuevamente y su marido falleciera, usted podría cobrar pensión de viudedad de forma inmediata.

Saludos cordiales,

jeronilliteras Abogado Abogado en Manacor

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No perdería la pensión si la unidad familiar no supera unos ingresos anuales de 15.487,20 euros incluida su pensión y cualquier otros ingresos que perciban (intereses bancarios, rentas alquileres, etc.).

Y, si contrae matrimonio, no tendría que transcurrir plazo alguno para volver a ser beneficiaria de una pensión de viudedad, de fallecer su nuevo esposo.

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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