Me caso este mes de julio, el 21 concretamente, y las vacaciones las tengo el 1 de agosto. Quería saber si los 15 días de permiso los tengo que coger seguidos o puedo coger una semana en julio después del enlace y la otra semana en septiembre.
Gracias.
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Hola Pili,
los 15 días de vacaciones a los que tienes derecho tras la boda tienen que ser los inmediatamente posteriores a la fecha de la misma, es decir, si te casas el 21 de julio, sábado, los días de vacaciones empezarán a contar justo el día siguiente que es domingo.
En cuanto al resto de tus vacaciones, esto es algo que sí que puedes tratar de negociar o llegar a un acuerdo con tu empresa.
Para cualquier otra cuestión al respecto, no dudes en decirme. Un saludo.
Los 15 días deben ser naturales y consecutivos a la fecha de la boda, salvo que el Convenio Colectivo al que estés adscrita permita otra posibilidad.- Yo pensaría en hablar con la empresa y modificar tus vacaciones o darle una solución intermedia.
La licencia por matrimonio, según el Estatuto de los Trabajadores aparece fijada en los quince días naturales siguientes a la celebración del matrimonio.
Desconozco a qué Convenio colectivo te acoges. Son estos los que suelen contener peculiaridades distintas o mejoras y matices distintos a las fijadas en el Estatuto. En todo caso como, en principio, lo que pides es algo excepcional a la generalidad de la ley, siempre debes pactarlo con tu empresa.
Lo que si puedes variar son tus vacaciones, período en lo que con toda seguridad tendrás más facilidad para modificar.