Pensión por alimentos, vivo en el extranjero

Realizada por Mariano Adrian Ferretti. 18 jul 2014

Estimados.

Les escribo para comentarles mi situación y tener algunas referencias sobre cómo proceder. Somos padres de un niño de 8 años, nacido en Barcelona (ambos somos argentinos) y nos separamos en 2010 luego de 5 años de matrimonio. En ese mismo momento por cuestiones de falta de trabajo tuve que instalarme en México ya que allí recibí una oferta laboral y es donde aún sigo residiendo. Ese mismo año 2010 firmamos un convenio donde se estipulaba una pensión de 350 Euros + gastos extras + una compensación de 600 Euros a fin de cada año. Nuestro diálogo es bueno y cordial. Hace dos años que vengo pagando una pensión de 400 Euros y viajando dos veces al año para ver a mi hijo. Hace un mes hemos pactado una pensión de 600Euros debido a que ella alega que no le alcanza para todo lo que el niño necesita. El tema es que mi sueldo en México es de aproximadamente 700 euros mensuales, lo mismo que gana ella aquí en Barcelona. Digo aproximadamente porque tengo contratos semestrales y dado que soy docente universitario en universidad privada, el salario depende de las horas que cada semestre me contraten. La consulta viene por dos sentidos:

1.- Siento que no es justo que en mi caso implique una carga tan grande en mi sueldo.

2.- Yo me niego a tener que pagar la cuota el mes que vengo a hacerme cargo de mi niño en donde debo alquilar habitación y manutención todo el mes cuando ella insiste en que debo igualmente pagarle los 600 euros.

3.- En estos días hemos tenido una charla donde me dijo que si no pactamos los 600 euros + Gastos extras + la cuota durante el mes de mi permanencia con mi hijo, me haría una demanda para que se aclare. Me habló de "ejecución de sentencia" y "modificación de procedimiento".

La verdad, lo único que necesito es estar tranquilo y sentir que lo que trabajo y aporto para mi hijo está bien, es correcto y sabiendo además que la justicia siempre o casi siempre voltea hacia la mujer, es que necesitaría algunas apreciaciones de expertos.

No tengo abogados, me he asesorado alguna vez en Argentina, pero nada formalmente y mucho menos para evacuar estas consultas en concreto.


Desde ya muchas gracias y quedo a la espera de vuestros comentarios.

Saludos.

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Buenos días Mariano,
En primer término la pensión de alimentos que pactaron en el convenio regulador de divorcio es la que usted debe seguir pagando, la ejecución de sentencia por parte de su ex mujer solamente cabría y tendría algún efecto en el supuesto de que usted hubiera dejado de pagar la pensión, esa sería la forma de exigirle el pago, por lo que si usted ha venido cumpliendo sus obligaciones paternas relativas a la pensión de alimentos no debe preocuparse por este extremo.
En segundo término, ella puede determinar que quizá la pensión de alimentos no es suficiente, que sería entonces el supuesto en el que ella iniciaría una modificación de medidas en la que solicite el aumento de la pensión de alimentos, que por lo que usted comenta, quiere que se estime en 600 euros, bien, puede instar esa modificación, no ostante, usted dice que su sueldo suele ser de unos700 euros al mes, el juzgado para modificar las medidas acordadas en el convenio, en este caso la pensión de alimentos, tiene en cuenta tanto las necesidades del hijo al que hay que pasarle la pensión de alimentos como las posibilidades economicas del obligado a prestarla en este caso, usted, y si dice que su sueldo está por encima de 100 euros de lo que ella quiere pedirle, dificilmente el juzgado estirmará ese aumento en la pensión de alimentos, debido a la imposibilidad economica suya.
Espero haberle prestado la ayuda que necesita.
Un cordial saludo,
Mi despacho se encuentra a su disposición para cualquier aclaración o consulta.

AlterLey Abogados Abogado en Alcalá la Real

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