Pensión hasta los 18, ¿pero la deuda atrasada de otros años la pierdo?
Realizada por lola. 19 mar 2014
Ha cumplido 18 años, ya no vive conmigo y aparte de la pensión me paga cada mes cantidades ridículas de gastos y pensiones de otros años que no pagaba, si firmo conforme mi hija ya es mayor de edad y no le pase la pensión, ¿qué ocurre con lo otro, lo puedo perder?
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Mientras su hija no sea independiente económicamente, no debe usted renunciar a su pensión.
En cuanto a posibles acuerdos, si usted firma uno, y no deja clara la existencia de deudas anteriores, podría luego tener problemas para reclamar esas cantidades.
Buenos días
Si su hija es mayor de edad y es independiente y el problema que usted plantea es que años atrás no le ha pasado la pensión que le correspondía, si usted no reclama los atrasos conforme a las cantidades fijadas en el convenio a cerca de la pensión de alimentos, puede perderla.
Por tanto, si desea obtener el dinero que en concepto de pensión de alimentos no le ha pasado su ex marido años atrás deberá reclamarlo judicialmente, pudiendo reclamar los cinco años anteriores a la interposición de la acción judicial.
Quedo a su disposición para cualquuier trámite o consulta.
Un saludo.