¿Pensión alimentaria después de 9 años de divorcio?

Realizada por María. 27 feb 2014

Resido en Bruselas. Hace diez años que me divorcié. Mi ex marido tenía menos recursos que yo. Cada uno se quedó con un hijo (tenemos dos hijos). Cuando se realizó el divorcio el juez la dejó "pendiente". Ahora mi ex viene exigiéndome una pensión alimentaria porque acaba de jubilarse. Yo sigo teniendo a nuestro hijo a mi carga total porque está terminando su carrera. Mi pregunta es ¿puede pedirme una pensión alimentaria para él después de tantos años? Lo ha llevado a juicio, mi abogada me dice que en el mes de diciembre de este año tendrá lugar la audiencia. No salgo de mi estupor. Por favor, me gustaría tener una contestación imparcial ya que aquí los abogados parece que lo ven como algo "normal". Muchas gracias de antemano. María.

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Lo sentimos, pero no podemos asesorarle pues ignoramos la ley belga y los procedimientos conforme a la misma.
En España sería tanto imposible que la pensión compensatoria se deje "pendiente" como que su abogada "rehaga" el divorcio sin contar con Ud.
Por ello, aunque Ud. puede ver similitudes entre ambos ordenamientos jurídicos, que no dudo que las pueda haber, deben existir también grandes diferencias.

Nuestra recomendación: contacte con otro abogado belga y pida una segunda opinión.

Saludos cordiales.

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Soy española y resido en Bruselas por mi trabajo. Nos casamos en Madrid. Cuando nos instalamos en Bruselas, a los pocos años nos divorciamos bajo ley belga que es más o menos como la ley española en materia de divorcios. En el momento de dictaminar el divorcio, me condenaron a pagar 300€/mes a mi hijo mayor que residía con su padre. A su vez, mi ex marido solicitó la pensión de alimentos también para él (pedía 400€). El juez la dejó "pendiente" en aquel momento. Eso fue en febrero de 2004. En febrero de 2009 mi ex marido volvió a la carga con una demanda en el tribunal exigiendo la pensión de alimentos para él. Mi hijo mayor ha realizado su carrera y trabaja desde hace 3 años. Mi hijo pequeño, que aún reside conmigo, está en su último año de carrera y no trabaja. Mi abogada "rehízo" el divorcio sin contar conmigo. El tribunal volvió a dar su veredicto a favor de mi ex marido cometiendo un error muy importante en las fechas y dejándole la vía libre para solicitar una pensión de alimentos. Me quedé fulminada leyendo la decisión de la juez. Actualmente mi abogada ha interpuesto apelación en el tribunal de justicia para subsanar el error.

Mi pregunta es si todo esto es normal o mi abogada cometió el error de “rehacer” el divorcio? Sé que es muy complicado, nadie ha oído hablar de un caso parecido al mío. No sé qué hacer, estoy bastante perdida y creo que mi abogada no actuó correctamente, debió de haber hecho oposición. Podría subsanar este error en el consejo superior de justicia belga?

Mil gracias de nuevo por su atención.
María

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Buenas tardes:

Antes que nada debería aclararnos si el procedimiento se estaría tramitando en España.

Entiendo que más que a una pensión alimenticia se estaría refiriendo a una pensión compensatoria, de ahí que me resulte extraño que en un proceso español en sentencia se dejara "Pendiente" el tema de la pensión. Las pensiones compensatorias de establecerse se tienen que establecer necesariamente en la sentencia de divorcio, que es cuando se puede valorar el desequilibrio económico que la disolución del matrimonio haya podido ocasionar a alguno de los ex-cónyuges.

Si aclara estos extremos, estaremos en disposición de darle nuestra imparcial opinión.

Saludos cordiales.

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