Penalización por desestimiento de contrato

Realizada por Teresa P.. 19 nov 2013

Llevo viviendo en mi piso menos de 1 mes y desde la primera noche supe que no me quería quedar por problemas de ruido. Lo comuniqué inmediatamente a la inmobiliaria. Ahora, para reubicarme en otro piso me dicen que la propietaria reclama el 50% de los 6 primeros meses de alquiler más la fianza.


Me parece abusivo y no coincide con lo que he encontrado en la ley de 2013 de alquiler ni con lo que pone en el contrato, que sólo especifica que podré desistir del piso cuando hayan transcurrido al menos 6 meses, y perdería la fianza, pero no especifica qué ocurre si lo quiero dejar antes de esos 6 meses.

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Buenos días Teresa.
Si el problema del piso es el exceso de ruido y usted no estaba informada de ello, siempre que se pueda demostrar se puede intentar que la re-ubiquen sin que usted sufra ningún menoscabo.
Pero para pronunciarme debería ver el contrato y si existe, la documentación adiciona,.
Si lo desea puede ponerse en contacto con nosotros para ampliarnos la información y de esa manera poder orientarla mejor e incluso poderle llevar su caso. Saludos.

A.llei Abogado en Sabadell

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Buenas noches:

La ley le permite extinguir el contrato ante determinadas situaciones, siendo esta una de ellas, su aplicación subsidiaria en todo caso le da derecho a ello, y tendrá derecho la resolución y posible pago de daños y perjuicios.

Quedo a su disposición a través de la plataforma.

Saludos.

Bermúdez&Asociados Abogado en Lugo

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Buenos días.

Es normal que no aparezca nada en el contrato de arrendamiento respecto a abandonar el piso antes de los seis meses puesto que se está a lo que indica la ley, esta establece que si esto ocurre se deberá pagar al arrendador las rentas pendientes hasta cumplir los primeros seis meses.

Respecto a la fianza es posible que la pierda, pero para ello hay que analizar las cláusulas del contrato.

Estamos a su disposición.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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