Pena por denuncia de amenazas
¿Cuál es la pena máxima en un juicio de faltas por ser denunciada por amenazas? ¿Se puede no ir? ¿La pena es igual o mayor?
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Buenos Días Candy, le informamos que la pena por falta de amenazas leves es la imposición de una multa económica en un juicio de faltas. si usted no acude sin alegar justa causa puede celebrarse sin usted si ha sido debidamente citada. Si desea que valoremos su caso con detalle o le representemos en Grech Abogados somos expertos en Penal, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!!!!
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Tienes que ir como denunciado, sino serás sancionado de 200 a 2000 euros. No sé cuando es la citación, pero los juicios de faltas desparecen el 1 de julio de 2015.
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Es recomendable acudir acompañado de un abogado que defienda sus intereses. En caso de que no comparezca, el Juzgado comprobará si usted esta correctamente citada por el Juzgado.
En caso de no estar debidamente citada, la vista se suspenderá y la volverán a citar.
Ahora, si usted estaba citada y aún así decide no comparecer, la vista se celebrará sin usted, y eso implica que la parte denunciante podrá dar su versión de los hechos y decir lo que estime oportuno sin que usted se encuentre allí para defenderse.
Del mismo modo, se dictará entonces la Sentencia , que será difícilmente recurrible al no haber acudido a la vista con sus medios de prueba ( posibles testigos de los hechos, documentación, etc) Para el recurso es preceptiva la intervención de letrado que lo formule.
La multa es de 10 a 20 días en función de sus ingresos.
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buenos días,
mi compañero le ha respondido perfectamente, sólo añadir que en el caso que la víctima no vaya a juicio se entenderá que desiste del juicio y en el caso de que no vaya el denunciado se celebraría el juicio aunque no siempre por no ir se es condenado el problema esatá para determinar la pena ya que el juzgado no sabrá sus ingresos.
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Buenas tardes.
Tenga en cuenta que primero deberán condenarle por dicho ilícito, pues cabe la defensa. No obstante, en un escenario de caso perdido, la pena será la de multa de 10 a 20 días. La multa supondrá una cuota de dinero diaria en función de sus ingresos.
Ello en condiciones normales, ahora bien, si el perjudicado fuese el cónyuge, la pareja, los hijos tanto propios como los de la persona con la que conviva, los ascendientes e incapaces que convivan o estén sujetos a la patria potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho del autor de la falta, la pena será de arresto de 2 a 4 fines de semana o de multa de 10 a 20 días, con las mismas consideraciones que mencioné antes.
Quedamos a su disposición.
Un saludo.
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Buenas tardes.
Tenga en cuenta que primero deberán condenarle por dicho ilícito, pues cabe la defensa. No obstante, en un escenario de caso perdido, la pena será la de multa de 10 a 20 días. La multa supondrá una cuota de dinero diaria en función de sus ingresos.
Ello en condiciones normales, ahora bien, si el perjudicado fuese el cónyuge, la pareja, los hijos tanto propios como los de la persona con la que conviva, los ascendientes e incapaces que convivan o estén sujetos a la patria potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho del autor de la falta, la pena será de arresto de 2 a 4 fines de semana o de multa de 10 a 20 días, con las mismas consideraciones que mencioné antes.
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