Pelea familiar

Realizada por Juan Carlos Moreno Merlo. 25 sep 2017 Abogados de familia

Aquí viene mi caso, mi padre falleció cuando yo tenia 11 años actualmente tengo 23 años, mi padre tenia una hermana, ella esta al cargo de todas las pertenencias de mi abuelo, incluido ganancias y terrenos. Actualmente y desde el fallecimiento de mi padre ella ha estado cogiendo el fruto de 1000 olivas y todo su dinero. Ha habido rumores de que me quieren dejar sin nada pero yo no mantengo contacto ninguno ni con mi abuelo ni con mi tía. ¿Ellos podrían dejarme sin nada cuando fallezca mi abuelo? o ¿se quedara todo ella? Como ha hecho durante estos últimos 10 años. Ella tiene también dos hijos y yo soy hijo único.

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En mi opinión cuando falte tu abuelo tendrás derecho a la legítima, que en tu caso si no tienes hermanos y sólo una tía por parte de padre, te corresponde un 16,6% del caudal hereditario de tu abuelo.
La legítima según el 807 del CC son 2/3 , 1/3 legitima estricta a repartir con tu tía, 1/3 de mejora (que seguro se irá a tu tía) y 1/3 de libre disposición que también, seguramente lo heredará tu tía, pero bueno hay otras variables si hay testamento si vive tu abuela etc.

Juan Feliu Abogado Abogado en Palma de Mallorca

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Mientras su abuelo no fallezca, la explotación de los olivos, la decide él.
Una vez haya fallecido y a falta de testamento (que será lo primero que hay que comprobar: si otorgó un testamento), al haber fallecido su padre, como mínimo le correspondería a usted la legítima estricta, es decir, un tercio de la herencia, que, a su vez debe repartir a medias con su tía.

Bufete Cristóbal Abogado en Donostia-San Sebastián

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En caso de fallecimiento de su abuelo, tendrá derecho a la parte de la herencia que le corresponda, siendo ésta, como mínimo la legítima.

Adruino Abogados Abogado en Castelldefels

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Como mínimo y a falta de ver el testamento te correspondería la legítima estricta que según el Código Civil es 1/3

Lourdes Villaronga Arteaga Abogado en Vigo

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Buenos días Carlos,

En el caso de que tu abuelo falleciera, como mínimo tienes derecho a tu parte de la legítima. Para que sea más comprensible, es como si divides una tarta entres porciones, si tu abuelo ha tenido solo dos hijos, a ti de ese tercio te corresponde como mínimo la mitad, se divide entre los hijos no entre los nietos, y como tu padre desgraciadamente ha fallecido esa mitad es tuya. Los otros dos tercios habría que pelearlos en el caso de que no haya dejado testamento. Para cualquier duda, puedes contactar directamente conmigo y te informaré de forma más detallada.

Jessica Garcia Gutiérrez Abogado en Madrid

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Primero hay que determinar si hay disposición testamentaria o no. Si hay testamento ver lo dispuesto en el mismo que debe respetar la parte legítima y en caso contrario, determinar, o sea declarar los herederos como viuda que sería la abuela e hijos, los hijos fallecidos a nombre de ellos acuden los nietos como es tu caso a nombre y en representación de tu papá. La legítima son 2/3, de ella 1/3 de legítima estricta y 1/3 de mejora y 1/3 de libre disposición como han explicado anteriormente.

Anónimo-322753 Abogado en Sevilla

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En principio si fallece su abuelo independientemente que lo haga con testamento o abintestato, usted tiene derecho a la herencia que le corresponde a su padre y como mínimo sería la legitima que se repartiría con la legítima correspondiente a su tía, sus primos en este caso no tienen ningún derecho en la herencia de su abuelo, salvo en el caso que existan legados que no podrán en ningún caso perjudicar su legitima. Un saludo

Abogado Antonio Cesar Hevia Méndez Abogado en Pola de Lena

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Cuando un hijo fallece antes que su padre, la parte de herencia que le habría correspondido a este hijo fallecido le corresponde a sus hijos. Es decir, su abuelo tenía dos hijos, por lo que, salvo que tuviese testamento, su herencia se dividiría en dos, una parte para cada uno de sus hijos. Habiendo fallecido uno de sus hijos, la herencia se partiría en dos igualmente, correspondiendo una mitad a la hija que le sobrevive, y la otra mitad a los herederos del hijo que falleció.
De esta manera, cuando su abuelo fallezca, salvo que haya hecho testamento, le corresponde a usted la mitad de sus bienes. En caso de que haya hecho testamento, habrá tenido que respetar la legítima, por lo que en todo caso a usted le corresponderá una parte de la herencia.
Todo ello, salvo mejor criterio.

Aglaya Legal Abogado en Madrid

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Al fallecer su padre usted como hijo ocupó el lugar en la sucesión hereditaria y una vez fallezca su abuelo, los hijos y usted cómo Nieto heredará la parte que le correspondería a su padre. Si tiene problemas en la repartición de la herencia deberá interponer un procedimiento judicial.

María Susana Vílchez Márquez Abogado en Marbella

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