Pareja de hecho y tarjeta de residencia permanente

Realizada por Ruben. 3 sep 2015

La pregunta es la siguiente:

Mi pareja (extranjera) se va a venir a vivir conmigo a España (Madrid).

Una vez se encuentre aquí (después de haber obtenido el correspondiente visado de turismo o carta de invitación), haberse empadronado y solicitado el NIE; hemos pensado en registrarnos como pareja de hecho para poder obtener la tarjeta de residencia permanente.

No obstante, mis dudas son las siguientes:

¿Es necesario formalizar la pareja de hecho ante notario para solicitar la tarjeta de residencia permanente o vale con un contrato privado entre las partes?

¿Es necesario haber convivido juntos por un periodo de tiempo determinado (en Madrid un año si no me equivoco) o vale con indicar que se ha convivido el tiempo que consideramos suficiente para ser pareja de hecho?

En el caso de que se necesitara por obligación un periodo mínimo de convivencia en Madrid, ¿se podría ir prorrogando el visado de turismo o carta de invitación hasta llegar a más de un año? ¿Si es así, con que se podría justificar?

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El tramite administrativo de inscripción de su unión de hecho lo tendrá que hacer en el Registro de Uniones de Hecho de Madrid, para lo cual deberá pedir cita por vía presencial o por internet y presentar con al menos 1 mes de antelación toda la documentación toda la documentación requerida.
Como requisito habrá de acreditar que tiene una relación estable durante al menos 1 año interrumpido, lo que podrá acreditar por ejemplo mediante certificado de empadronamiento, fotografías, apertura de cuenta bancaria,etc y además necesitara aportar 2 testigos mayores de edad para el día de l cita y entrevista.
En otras comunidades, como por en: Andalucia no exigen acreditar un periodo mínimo de relación para la inscripción de la pareja de hecho en el Registro.
En cuanto a la solicitud de la tarjeta de residencia lo podrá hacer desde el día siguiente a la obtención del certificado de la inscripción de la pareja de hecho en el Registro de Madrid.
Así que no es necesario acuda a Notario algunos o para realizar dichos tramites.
Para mas información, quedamos a su disposición.
Un saludo,

Illice Lex Abogados Abogado en Elche/Elx

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En primer lugar debo decirle que la tarjeta que obtendrá su pareja no es la permanente (ahora de larga duración) sino la de familiar de ciudadano de la Unión, de una duración de cinco años. En cuanto a los requisitos que exige la Comunidad de Madrid, según informa en su página web son los siguientes. Pedirla presencialmente, en la C/ Gran Vía nº 18 - planta baja, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 horas. (Oficina accesible para personas con discapacidad).
El día de la cita de inscripción comparecerán personal y conjuntamente, en el edificio de la C/ Gran Vía, 18 - planta baja, ambos miembros de la unión junto con dos testigos mayores de edad, que declaren bajo juramento la convivencia de la pareja durante al menos doce meses. Los testigos no son necesarios si hay algún hijo común a la pareja.

Por lo tanto, si es necesario acreditar convivencia previa de un año.

¿Cómo se acredita? Con dos testigos

Saludos.

Abogado Juan Bautista Abogado en Pamplona/Iruña

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