Pareja de Hecho

Realizada por Gonzalo. 10 jul 2014

Saludos.


Quiero legalizar mi relación con mi pareja mediante la "Pareja de hecho".

Vamos a tener una hija en breve.

Mi pareja es morosa y por este motivo viene nuestra pregunta.

¿Hay que hacer previamente una separación de bienes, para que no recaiga en mí su morosidad?

¿En el momento de firmar hay algún documento donde acordemos estar en ese mutuo acuerdo o hace falta acudir previamente a un notario?


Somos españoles y vivimos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.


Muchas gracias por su tiempo.

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Buenas tardes.

Hacen bien al especificar su vecindad civil, puesto que cada Comunidad suele tener la suya propia. He consultado la Ley 5/2002 de Parejas de Hecho de Andalucía y, en efecto, al no aplicarse de modo analógico los regímenes económicos matrimoniales (gananciales, separación de bienes...), pueden ustedes pactar libremente el régimen económico por el que se vayan a regir, así como también los pactos concretos que consideren oportunos.

Es una ley bastante completa que asemeja esta figura y sus efectos a la de matrimonio, la verdad que demasiado para mi personal gusto, si se me permite, por los problemas de interpretación que se pueden dar en caso de ruptura.

Mi consejo es que acudan a un abogado de su localidad para la redacción de los pactos y, del mismo modo, que estudien la alternativa del matrimonio como consejo personal.

Un saludo.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

1700 respuestas

1778 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas tardes,
somos un despacho presente en la Comunidad de Andalucia. Estamos de acuerdo con cuanto ya explicado por parte de mis compañeros. Somos disponibles a redactar la capitulaciones económicas de anexar al régimen de pareja de hecho. Nos puede contactar. Un saludo.

DeCandia Abogados y Asesores Abogado en Málaga

54 respuestas

26 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Esta es una de las diferencias entre matrimonio y pareja de hecho.
En pareja de hecho no se conforma comunidad de bienes y por tanto el régimen que rige es la separación de bienes. Tú tendrás tus créditos y deudas y ella las suyas.

González Castro Abogado en Santa Cruz de Tenerife

106 respuestas

206 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas tardes:
Las deudas de su pareja no le repercutirán a Ud. por el hecho de que se constituyan en pareja de hecho, no se preocupe. No se constituye sociedad de gananciales ni nada por el estilo al inscribirse como pareja de hecho.
No obstante, Uds. pueden acudir a un Notario y otorgar un documento en el que, una vez constituida la pareja de hecho, pacten como van a gestionar entre Uds. los gastos e ingresos, para que ambos sepan a que atenerse y no haya malentendidos entre Uds.

Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

1272 respuestas

1918 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas