Tengo la guardia y custodia, pero mi hija se ha ido a vivir con la familia de su padre. Tiene 18 y no trabaja yo le doy el dinero de la manutención que le pasa su padre. Mi pregunta es ¿debería de pasarla también una pensión yo aunque no convive conmigo?
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Si su hija no convive con usted, ni con su padre, se produce una situación de emancipación por la vía de hecho, y es mayor de edad, lo que la haría en todo caso beneficiaria de un derecho de alimentos de ambos padres. Puesto que el padre ya contribuye, su hija podría solicitarle una pensión alimenticia, si no lo hace, es evidente que usted tiene que mantenerse como está, porque esta situación sólo podría denunciarla su exmarido mediante una modificación de medidas, que tampoco tiene mucho sentido, porque ya no hay derecho de custodia al ser mayor de edad.
Buenos días María:
Mientras que su marido no inicie un procedimiento de modificación de medidas sigue siendo él el obligado al pago de la pensión de alimentos a tenor de la sentencia dictada en su día. Pero si él inicia este procedimiento es muy probable que se le imponga a usted dicha obligación.