Pago Hacienda

Realizada por Marta. 27 ene 2014

Hacienda me pide una gran cantidad de dinero por una donación. ¿Podrían mis padres prestarme el dinero que tienen en una cuenta? ¿Hacienda me pediría explicaciones sobre la procedencia de ese dinero, pidiéndome un % por incremento de patrimonio? Si es así, ¿cuáles serían las opciones para que eso no ocurra?

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Estimada Marta,
En caso de que sus padres le entreguen dinero para satisfacer una deuda contra hacienda sería conveniente documentar la operación, ya sea mediante una escritura de donación ( que tributara en mayor o menor medida en el impuesto sobre donaciones, en función de la comunidad en la que resida), o mediante un contrato de préstamo en documento privado y pasado por el registro de la comunidad respectiva (que no estaría sujeto a tributación), y en el que se puede o no incorporar un interés retributivo. Saludos.

González Seijo, Abogado Y Asesor Fiscal Abogado en Madrid

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Buenas tardes Marta.
Tus padres pueden pagar directamente tus deudas con Hacienda, pero esta operación debería ser documentada. Depende de la Comunidad en que vivas será más conveniente hacerlo de una manera u otra.
Por otra parte tampoco estaría de más que hicieses revisar la liquidación que Hacienda te ha practicado.
Si lo desea puede ponerse en contacto conmigo para ampliar la información y de esa manera poder aconsejarle mejor e incluso poderle llevar el caso. Saludos.

A.llei Abogado en Sabadell

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Buenas tardes Marta,
En principio comentarte que el pago por 3 está reconocido como un medio de pago, por lo que tus padres podrían pagar directamente tus deudas sin que Hacienda les ponga impedimentos y sin tener que pasar el dinero por tu cuenta.
Para evitar más problemas con Hacienda, lo conveniente sería documentar dicha operación, bien mediante un préstamo, una donación (si en tu Comunidad fueran de aplicación bonificaciones o reducciones), bien mediante un reconocimiento de deuda.
Por otro lado, no descartes la posibilidad de recurrir la regularización practicada, puedes pagar y recurrir o suspender la deuda mientras se tramitan los recursos mediante aval u otra garantía. Además, en vía administrativa y vía económico-administrativa es muy barato porque estos Tribunales no requieren procurador, ni tasas.
Estamos a tu completa disposición si quieres analizar la viabilidad del recurso y detallarte las opciones que tienes.
Saludos.

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