Realizada por m_victoria_garcia@yahoo.es. 26 jul 2013
Tengo un requerimiento del juez por procedimiento monitorio de 366 euros a companía de suministro. Es del año 2009, consumo de gas por contador, pero yo tengo un cargo de 90 euros a favor de Repsol en enero de 2009. Por lo cual creo que se debería restar de la cantidad total ¿Qué ocurre si en el juicio verbal dicen que esa cantidad no se debe de restar? ¿Qué costas me cobrarían a mí?
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Si estás convencido de que efectivamente esa cantidad de 90 ya la has pagado debes presentar escrito de oposición argumentándolo y aportando tus pruebas.
El juez os citara para la vista y allí tendréis oportunidad tanto tú como el peticionario de exponer vuestras pruebas para que el juez las valore.
No se declararán costas en este proceso ya que no es obligado ir con abogado y procurador, cada uno se paga las suyas en el caso de que quiera acompañarse de postulación.
Hola Victoria, oponte al monitorio, tras la oposición el órgano judicial señalará fecha para celebración de juicio, acompaña todas las pruebas a la oposición, recibe un cordial saludo estamos a tu disposición.
Para que haya juicio, se debe usted oponer con escrito firmado por letrado, indicando que la deuda no es la exigida sino inferior. Si efectivamente es así, se transformaría en juicio verbal, no debiendo temer las cotas, pues si en efecto hay un bono a su favor por la entidad que no se ha descontado de la deuda, ésta será minorada por el juez y no habrá condena en costas.
Un saludo.