Okupa en apartamento

Realizada por María Dolores y Luis. 16 jul 2012

Tenía el apartamento preparado para vender. Me cambiaron la cerradura y se metió un okupa creo que con niño incluido. Denuncié a la guardia civil y ya fueron a la casa. El agua al no tener contador gastan de la comunidad. La luz estaba dada de baja y se la cortan pero vuelven a colocar el fusible. La compañía alega que por ley mientras tenga consumo, no la pueden cortar. El administrador no quiere denunciar la situación. Hay muchos pisos que la promotora no vendió y piensa que Bankia se quedará con ellos y pagará la comunidad. Llevamos 2 años pagando derramas. Solamente el 30% de los dueños pagamos. Después de ocupar la casa hemos dejado de pagar.

Nos gustaría hablar con algún abogado especialista en okupas.

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El problema puede ser solucionado, a través de la vía penal y civil. Pueden interponer una querella pues la conducta es delictiva, constituye un delito de los llamados de "usurpación". También puede presentarse una demanda civil por precario. Dependiendo del partido judicial que tenga que conocer del litigio, será más aconsejable la vía civil o penal, pues hay juzgados que van mas rápidos que otros. Reclamen también indemnización de daños y perjuicios, no solo por los destrozos que les hayan podido causar en el interior, sino también por el aprovechamiento ilícito del inmueble.

En la vía penal, la falta de de satisfacción de la responsabilidad civil, podría conllevar el ingreso en prisión aún cuando la pena sea inferior a dos años y se carezca de antecedentes penales.

Libera Lex & Law - Mª José Aragó Domingo Abogado en Valencia

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Hola Maria Dolores y Luis,

Nosotros hemos tenido muchísimos casos relacionados con los llamados "ocupas" y todos tienen solución. Hasta ahora el cauce normal para recuperar la posesión de la vivienda era la vía civil. A partir de la última reforma del Código Penal de 2010, también es constitutivo de delito ocupar una vivienda (art. 245 del Código Penal).

No obstante, por nuestra dilatada experiencia en estos casos, hemos comprobado que la vía civil sigue siendo más rápida que la instrucción que se deriva de la denuncia en el ámbito penal, por lo que seguimos recomendando la primera vía a nuestros clientes.

Si desean que les asesoremos en este asunto no duden en ponerse encontacto con nosotros a través de abogados365.com sin ningún tipo de compromiso (la consulta es totalmente gratuita).

Nuestro experto les informará para resolver sus dudas.

Gracias.

Marcet & Herrera Abogados Asociados Abogado en Elche/Elx

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Hola,

Cuando ha pasado más de un día de la ocupación ya no puede echarlos vía policía ni juzgado vía penal. En tal caso, deberá interponer una demanda civil de precario para echarlos fuera.

Saludos,

Manel Pedragosa, Abogado.

Bjp Abogados Abogado en Barcelona

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