La empresa en la que trabajo se plantea hacer un concurso de acreedores en el plazo de un mes. ¿Cuál es mi mejor opción en este momento? ¿Dejar voluntariamente la empresa? ¿Solicitar que me despidan e irme para poder cobrar paro? ¿Esperar al concurso? ¿Qué es más beneficioso? Actualmente nos deben dos nóminas. Estoy con un contrato de obra desde hace dos años, pero el concepto por el que se contrató, finalizó hace año y medio y he seguido trabajando. Gracias.
España
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Buenos días Laura. Lo que no debe hacer es firmar la baja voluntaria de la empresa, pues en ese caso se quedaría usted sin paro y sin indemnización por despido. Dado que la empresa ya ha solicitado el concurso y que lleva dos mensualidades sin abonar sus salarios, está incumpliendo sus obligaciones como empresario, por lo que usted tiene derecho a solicitar la extinción voluntaria indemnizada de su contrato. A pesar de que este tipo de extinción lo solicita usted, en realidad actúa como un despido, ya que usted solicita la extinción del contrato debido a los graves incumplimientos del empresario de cumplir sus obligaciones (en este caso, pago de salarios). Para ello, debe reclamarlo vía judicial, por lo que le recomiendo que se ponga en manos de un abogado lo antes posible, en aras de evitar coincidir con el concurso.
Nosotros, por nuestra parte, estaremos encantados de poder ayudarle y explicarle detalladamente los pasos a seguir.
Reciba un cordial saludo
Lucía Relanzón
Buenos Días Laura, le informamos que debe usted instar demanda solicitando la extinción de su relación laboral por incumplimiento grave del empresario. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Laboral, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
Debería de interponer usted la demanda de extinción de la relación laboral por impago de salarios antes de que la empresa presente la solicitud de admisión del concurso, de esta manera podrá usted obtener una indeminazación mayor a la que le correspondería si la empresa entre en concurso antes. Es muy importante actuar con rapidez. Aunque la jurisprudencia dice que al menos deben ser tres nóminas (o dos nóminas y una paga extra) las que se deben de adeudar, usted podría ya demandar a la empresa alegando que la falta de pago de las nóminas le esta ocasionando un grave perjuicio en su vida al no poder atender los pagos de luz, agua, gas, hipoteca etc.
Un saludo,
Marco Antonio Navarro Tena
Abogado.
Pd. Le ruego valore positivamente la respuesta si esta le ha ayudado.
Hola Laura,
ni se le ocurra dejar la empresa voluntariamente, si lo hace perderá el derecho a indemnización si la misma cierra, asi como tampoco el derecho a percibir la prestación por desempleo. Si la empresa sigue un mes mas sin abonarle la nomina, deberá iniciar un procedimiento para que sea el Juzgado el que extinga la relación laboral con derecho a la indemnización de despido improcedente. Quedamos a su completa disposición para asesorarla y llevar su procedimiento si nos lo solicita.