Nos vamos antes porque el dueño nos lo ha pedido ¿cuáles son nuestros derechos?

Realizada por MERY. 19 nov 2014

Hola buenas, vivimos desde hace 3 años en un piso de alquiler en Benicasim, Castellón. Hace cuestión de 2 meses el dueño me escribió por Whatsapp la idea que tenía de vender el piso y nos preguntaba si estaríamos dispuestos a comprarlo. Le dijimos que no nos interesaba comprar porque no podemos. Hace 2 meses volvió a escribirme, si no queréis el piso tenéis que iros el 1 de mayo de 2015 porque quiero venderlo. Según él finaliza el contrato ese día. Pero en el contrato pone que se firmó el día 1 de mayo de 2013 y que es prorrogable hasta 5 años a voluntad del inquilino y eso es lo que queremos, cuando se lo dije, se enfadó bastante y al día siguiente me contó por Whatsapp que necesitaba el piso para sus padres dependientes que viven en Segovia. Así es que nos pide otra vez que desalojemos el 1 de mayo de 2015. ¿Cuáles son nuestros derechos? ¿Hasta cuándo puedo quedarme en el piso? ¿Si nos vamos, ¿mi marido, mi hijo de 2 años y yo, tenemos derecho a indemnización? ¿Cuánto? No nos creemos lo de sus padres, supongo que tendrá que demostrarlo, ¿no?

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Buenos días,

Teniendo en cuenta la fecha de la firma de vuestro contrato, tenéis derecho a seguir arrendando el piso durante 5 años, es decir, hasta el 1 de mayo de 2018. Eso sí, cabe la posibilidad de que en el contrato se haga constar de forma expresa que la duración será inferior a 5 años para destinarla a vivienda de algún familiar, cláusula poco común en los contratos de arrendamiento porque nos encontramos ante hechos poco previsibles.
Por tanto, lo normal es que tengáis derecho a permanecer en el piso y tenéis plena libertad para negociar el precio de vuestra renuncia. Si necesitáis asesoramiento o alguien que os dirija la negociación, no dudéis en poneros en contacto conmigo.

Un saludo.

Andrés García Ramón Abogado en Valencia

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