No me paga la pensión, ¿qué más tengo que hacer?

Realizada por MARINA. 30 sep 2013

Por sentencia del juzgado de violencia de género, el juez dictaminó que tiene que pasar por su hija 225 euros mensuales. Lleva 13 meses sin pagarme. ¿Qué puedo hacer?

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Buenas tardes,
La ley establece que al cónyuge que incumpla de manera reiterada las obligaciones de pago derivadas de medidas adoptadas en un procedimiento de separación, nulidad o divorcio, se le podrán imponer multas cuyo importe dependerá de la cuantía debida. Además, se podrá instar un procedimiento de ejecución (embargo) sobre sus bienes a fin de que se satisfagan con su patrimonio las cantidades debidas.
El incumplimiento de la obligación de prestar la pensión compensatoria, o la de alimentos en su caso, puede llegar a considerarse como un delito de abandono de familia. Para ello es necesario denunciar el hecho ante cualquier Juzgado o Comisaría de Policía.

Nuria Betoré Tenías Abogado en Tauste

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Buenos días,
Deberá interponer una demanda de ejecución de sentencia para poder hacer efectiva la deuda que hay pendiente (precisará de abogado y procurador). Si su ex marido o ex pareja no abona lo que debe voluntariamente se le podrán embargar sus cuentas bancarias, nómina o pensión etc. Quedamos a su disposición.

Abogada Sandra Burgos Abogado en Sabadell

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Estimada Marina,

En estos caso es imprescindible interponer una demanda de ejecución de títulos judiciales a fin de embargar saldos de bancos, nominas, coches, motos, inmuebles.... cualquier bien para saldar lo que adeuda.

Te recomiendo que contactes con un abogado para interponer la pertinente demanda. Nuestro despacho se encuentra a tu entera disposición.

Un saludo,

Maria Garcia Parla

María García Parla Abogada/advocada Abogado en Salou

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Buenos días,

Existen dos posibilidades, la primera por vía civil se solicita la ejecución de la Sentencia donde se establece la pensión de alimentos a tu hijo.

La siguiente posibilidad es la vía penal, el no cumplimiento del pago de dos mensualidades seguidas o 4 no consecutivas constituye un delito y podría ser condenado, a parte del pago de la pensión, al pago de una multa de seis meses a 24 meses y cárcel de tres meses a un año (si no tiene antecedentes penales no entraría a prisión).

Espero haberte ayudado,

Un saludo

Luisa Solozábal Astiazarán Abogado en Nájera

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Buenas tardes.

La respuesta es simple: demandar.

Acuda a un abogado de su localidad de inmediato.

Un saludo.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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Buenos días,

Usted puede interponer por medio de abogado y procurador una demanda de ejecución de sentencia. De esta manera, el juzgado procederá al embargo de los saldos positivos que tenga en las cuentas bancarias, de las nóminas, de los posibles bienes muebles que sean de su propiedad, etc, hasta cubrir la cantidad debida, es decir los 13 meses impagados.

Esperamos haberle ayudado, estamos a su entera disposición.

Saludos cordiales.

M&S Despacho Jurídico Abogado en Vigo

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Buenas tardes, Marina.

Puede presentar una demanda de ejecución de sentencia, y para ello la recomiendo acudir a un abogado. Si la interesa, me encuentro a su entera disposición.

Un saludo.

Eva Holanda Abogada Abogado en Santander

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