Hola he traspasado un local por valor de 6000€ el local estaba en bruto y yo pague toda la reforma y dejaba algunas cámaras y demás por eso pedía traspaso por la instalación de la luz, por los cierres por el mobiliario, etc. Ha abierto el local y todavía no me ha pagado y yo solo tengo un papel que yo imprimí de un borrador de traspaso con las condiciones firmadas por los dos pero no fuimos al notario ni nada, ¿qué puedo hacer?
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Buenas tardes.
El documento firmado es suficiente para tener derecho a reclamarle y, sería bueno que contactase con un Abogado. Si lo desea, puede contar con nuestro asesoramiento. Bufete De Ávila&Sacaluga.
Con los datos que ofrece puede reclamar la suma acordada y en principio puede ser a través de un procedimiento monitorio cuya principal característica es que es mas ágil que cualquier otro y podría iniciarlo con base en el contrato que han firmado, aunque no haya pasado por la Notaria.
La falta de intervención notarial no es un obstáculo para que pueda reclamar el importe del traspaso.
Sería preciso conocer los términos del documento que han firmado pero, en principio lo aconsejable, como siempre, es intentar una solución amistosa con carácter previo a reclamar judicialmente, lo cual, si el documento lo permite, podría llevarse a efecto a través de un procedimiento monitorio, que tiene como ventaja una mayor agilidad en su tramitación.
En cualquier caso, el auxilio de un abogado es recomendable desde el principio para dar, por un lado, sensación de una verdadera voluntad de reclamar la deuda y, por otro, evitar cometer errores que puedan perjudicar a la larga sus intereses.
Puede ponerse en contacto con nosotros para ampliar la información y, en su caso, iniciar los trámites de inmediato, previo presupuesto.
Deberá reclamar al adquirente el importe pactado, la forma del contrato no es lo esencial, si no su contenido, caso de negarse, será reunir las pruebas necesarias para acreditar lo convenido.
Quedo a su disposición, un saludo
Que el contrato esté firmado ante notario o no, lo único que implica es que sea documento privado o documento público.
Puede reclamar el pago estipulado, extrajudicialmente (poniéndose en contacto con la otra parte) o por vía judicial.
Un punto importante es que si el documento privado no se ha elevado a público (no se ha llevado al notario) y posteriormente se ha llevado al registro de la propiedad, es muy posible que no se haya inscrito y según el registro, la propiedad del local siga siendo suya.
Lo mejor es iniciar la reclamación cuanto antes e instar al comprador para que inscriba en el registro de la propiedad (o en último lugar que firme un documento eximiéndole a usted de toda responsabilidad derivada de la propiedad de ese local)
Quedamos a su disposición para ayudarle a solucionar este asunto. No dude en ponerse en contacto con nosotros.