Negación cumplimentación contrato compraventa

Realizada por Manuel Heras. 17 sep 2014

Buenos días,


Hace 40 días realicé la compra de un vehículo de segunda mano, toda la tramitación de dicho vehículo se lleva a cabo mediante gestoría.


Mi sorpresa viene cuando tras realizar el pago en metálico de dicho importe el vendedor (empresa de compraventa) se niega a cumplimentar el pertinente contrato de compraventa dejándome en una situación comprometida al carecer de justificante de pago.


Mis dudas son las siguientes:


- ¿Debe cumplimentar el contrato de compraventa? En caso de negación, ¿se pueden tomar acciones contra el compraventa?


- El vehículo en el periodo de tiempo que está en mi posesión a sufrido dos averías ¿debe hacerse cargo de ellas el compraventa bajo algún tipo de garantía legal?


Gracias por el servicio prestado. Reciban un cordial saludo.

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Buenos días Manuel.
Efectivamente la empresa de compraventa tiene la obligación de cumplimentar el contrato. Si se niega la vía es el juzgado, para ello debe interponer una demanda civil, para lo cual precisa de abogado y procurador.
Por lo que hace a las averías, hay que ver de que tipo son y si se puede alegar vicios ocultos o no.
Si lo desea puede ponerse en contacto conmigo para ampliar la información y de esa manera poder aconsejarle mejor, e incluso poderle llevar el caso. Saludos.

A.llei Abogado en Sabadell

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Buenos días,
Conozco el caso, pues no es la primera vez que se me presenta. El vendedor debió cumplimentar el contrato de compraventa en el momento del pago porque ahora, efectivamente, te has quedado sin carta de pago. De todas formas, existen herramientas legales para encauzar el procedimiento. Te recomiendo que lo hagas pronto, pues corres el riesgo de tener problemas con la gestión de la documentación del coche y con el cambio de titularidad.
Los daños ocasionados con posterioridad son muy discutibles. A priori, si consideramos que el coche ya era de tu propiedad, eres tú quien debe soportarlos. De todas formas, ese punto habría que analizarlo detenidamente.

Andrés García Ramón Abogado en Valencia

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