Necesito saber si es normal despedirme estando de baja

Realizada por vasilica trifu. 18 sep 2013

La baja es de un accidente de tráfico y me pone en la carta de despedida faltas repetidas, eso no es normal, y que me van pagar una indemnización de 2600€ por 2 años y 6 meses, pero el contrato es de media jornada y yo trabajaba jornada completa. Muchas gracias por todo.

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Buenos días,

La empresa puede despedirla estando de baja siempre que le reconozcan la improcedencia del despido y le abonen 45 días de salario por año trabajado hasta la entrada en vigor de la última reforma laboral, donde la indemnización pasaría a ser de 33 días.

No obstante, en este caso, el despido, según la empresa , como nos ha mencionado, se debe a faltas repetidas, por lo que entendemos que la empresa ha extinguido el contrato de trabajo por despido disciplinario, si bien es incoherente el pago de una indemnización dado que este despido no tiene derecho a indemnización. Le comentamos esto porque aunque le den una indemnización, si en la carta se establece que se debe a un despido disciplinario lo más probable es que cuando solicite la prestación por desempleo contributiva no se la den.

Además, queremos informarle, que si el accidente de tráfico ocurrió camino al trabajo o camino a casa tras salir del trabajo, se trata de un accidente laboral "in itinere" y, por tanto , tiene derecho a una indemnización por parte de la empresa. Desconocemos si es el caso, pero se lo comentamos por su interés.

Por otro lado, no conocemos los datos para calcularle la indemnización que le realizaron y poder asesorarle al respecto, no obstante, tenga en cuenta que para el cálculo de las misma se tiene en cuenta el salario mensual que percibía en nómina, salvo que acredite que era mayor cantidad, independientemente de la jornada de trabajo.

Para finalizar, advertirle que para reclamar contra el despido tiene un plazo de 20 días hábiles, excluyendo los sábados, desde el momento de éste.

Esperamos haberle orientado un poco más. Estamos a su entera disposición.

Saludos cordiales.

M&S Despacho Jurídico Abogado en Vigo

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Sí le puede despedir la empresa estando en situación de baja por I.T.
Ud. como trabajadora tiene que probar que venía trabajando a jornada completa, por ejemplo, con cuadrantes horarios, hojas firmadas de entrada y salida, etc... En contra, el contrato laboral que tienes firmado a jornada completa y las nóminas... En estos casos todo es cuestión de prueba.

Abrigo Soluciones Jurídicas Abogado en Santa Cruz de Tenerife

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Buenas tardes.

En un estado de baja médica pueden despedirle, no obstante debemos estar a las fechas que contempla la baja médica y a las fechas y motivos que alega la empresa. En cualquier caso, podemos calcular la indemnización que le correspondiere sea una situación o la otra, para lo que deberá enviarnos la nómina y contrato.

Estamos a su disposición.

Un saludo.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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