¿Necesito procurador?

Realizada por Miguel M.G.. 29 may 2015

Buenos días. Quiero saber si necesito un procurador para ir a cobrar un dinero del ejército que me deben. Gracias

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La necesidad de comparecer en un proceso representado por procurador depende de la demanda que vaya a interponer, o bien, de la cuantía a reclamar.

Si la reclamación se basa en una factura impagada, podrá presentar sin necesidad de abogado ni de procurador una demanda de proceso monitorio, independientemente de la cantidad que reclame.

En caso de que se trate de un proceso contencioso-administrativo precisará de dichos profesionales si el recurso tiene que presentarse ante el Tribunal Superior de Justicia.

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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Buenos días,

Con la información que nos facilita, no podemos precisarle si necesita o no la intervención de un procurador, y en su caso, de un abogado que le asista.

Puede ponerse en contacto con nosotros para darle el asesoramiento adecuado a su caso.

Un saludo.

Aldan Abogados Abogado en Barcelona

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Buenos días,

La obligatoriedad de la representación de un Procurador para iniciar los trámites judiciales en reclamación de la cantidad que sea, dependerá del tipo de procedimiento judicial que usted entable y de la cuantía del mismo.
Para concretarle, tendríamos que disponer de más datos.
Si usted lo desea, puede contactar con nuestro despacho, donde le podremos resolver cuantas cuestiones nos plantee.
Un saludo,

Illice Lex Abogados Abogado en Elche/Elx

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Buenos dias Miguel,
Los casos en que la representación debe ostentarla un procurador vienen determinados en la ley. No indica usted el tipo de procedimiento por el que va a cobrar ese dinero, si es judicial o no, por lo que no podemos contestarle con seguridad.
Necesitariamos más datos para proporcionarle una respuesta correcta.
Quedamos a su disposición para cualquier consulta y/o aclaración.
Un saludo.

Teresa de las Heras Abogado en Palma de Mallorca

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Buenos días.

El procurador será preceptivo cuando así lo establezca la Ley. Para poder concretar la respuesta debemos saber que tipo de procedimiento va a iniciar y su cuantía, en función de esos datos podremos confirmarle su obligatoriedad.

Quedamos a su disposición.
Un saludo.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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