Modificación de medidas

Realizada por Cristina érez San José. 17 jul 2012

Llevo separada legalmente dieciséis años, con tres hijos de 22, 20 y 18 años estudiando, llevo en paro desde el mes de enero cobrando 583,00 euros a parte la pensión de mis hijos 700,00 euros mensuales.


Quería saber si se puede hacer algo al respecto ya que mi ex es ingeniero de telecomunicaciones, pero cada vez que solicito algo a los juzgados como dinero que me debe, etc. siempre le dan la razón y me encuentro muy impotente ya que todos los gastos corren por mi cuenta y el nunca me da nada.


Muchas gracias y saludos,


Cristina Pérez San José

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Buenos días Cristina,

Entiendo que según la consulta que nos planteas lo adecuado sería acudir a una Modificación de Medidas y solicitar una modificación de la pensión alimenticia en atención a las nuevas circunstancias.

Para valorar la viabilidad de esta acción judicial así como las posibilidades de obtener sentencia favorable, necesitaríamos conocer todos los detalles del asunto, así como de los procedimientos en los que indica que siempre le dan la razon a él.

Para mayor información quedamos a su disposición. Contáctenos a través de abogados365.com

Saludos.

Maria Prota Abogados Abogado en San Lorenzo de El Escorial

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Debe solicitar una modificación de medidas, alegando que los gastos de sus hijos, se han incrementado, y en consecuencia, necesita más dinero en concepto de pensión por alimentos para cada uno de ellos. Si está cobrando una pensión por alimentos de 700 euros al mes, sale cada hijo a unos 200 euros lo cuál es una miseria atendiendo a la edad y los gastos que cada uno de ellos, debe tener. Por otro lado, la razón por la cuál, quizás a su ex marido le dan la razón esté en que el sueldo que él tiene no alcance para más.

Quizás en ese caso, deberían plantearse el que sus hijos que ya son mayores de edad, pasaran a vivir con su ex marido una temporada cada año, (ejemplo 3 meses), y pactar de ese modo, si su ex marido no le puede pasar más pensión por alimentos, por lo menos, que cubra el resto de los gastos que tienen sus hijos, durante 3 meses al año, él solo, periodo durante el cuál, él no le tendría que pasar pensión por alimentos a ud. ni ud. a él tampoco.

Libera Lex & Law - Mª José Aragó Domingo Abogado en Valencia

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Buenos días,

La modificación de circunstancias strictu sensu debe afectar a la relación alimentante-alimentista: o sea a su ex o a sus hijos, ya sea por maás gastos o menos ingresos de forma permanente, sustancial y no buscada.

De la información que ofrece solo parece que las circunstancias hayan empeorado para usted.

Saludos,

Manel Pedragosa, Abogado.
BJP ABOGADOS

Bjp Abogados Abogado en Barcelona

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Buenos días Cristina,

Respecto de la situación que nos comenta, habría que valorar la posibilidad de pedir una modificación de las medidas adoptadas en la sentencia de separación referentes a la renta que debe pasarle el padre de sus hijos mensualmente, con el fin de con conseguir un aumento de la misma. Para valorar la viabilidad de esta acción judicial, sería necesario conocer todos los detalles del asunto, así como todos los antecedentes del mismo, incluidos los supuestos a los que usted hace referencia de que siempre le dan la razón a él.


Desde IR Lex Abogados estamos a su disposición para cualquier duda al respecto.

Un saludo.

IR Lex Abogados Abogado en Murcia

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Estimada Cristina,

Las sentencias dictadas en procesos de separacion o divorcio no son inamovibles: las medidas acordadas en sentencia pueden ser modificadas siempre que se acredite que se ha producido un CAMBIO SUSTANCIAL DE las CIRCUNSTANCIAS que se tuvieron en cuenta para su adopcion.- Si usted gana ahora sustancialmente menos dinero que entonces, o si su marido gana sustancialmente mas, o si sus hijos tienen sustancialmente mas gastos, es posible una modificacion al alza.

Quedamos a su disposicion para lo que necesite.

Atentamente.

Projur Abogado en Madrid

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Buenas noches Cristina,

Desconozco las anteriores solicitudes que han realizado de modificación de medidas, pero si desde enero lleva en paro y sus ingresos han disminuido, considero que puede prosperar. Eso a grandes rasgos porque desconozco la totalidad del asunto.

Si le han dado la razón hasta el momento entiendo que no había ninguna circunstancia que lo motivara, y ahora (y de nuevo digo desconociendo cuánto ha variado su ingreso) existe.

Saludos cordiales.

Daath 57 Abogado en Tarragona

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Tiene que demostrar que sus hijos tienen necesidades mayores que cubrir, que usted no las puede sufragar y que esta situación modifica sustancialmente las circunstancias tenidas en cuenta, de forma permanente y perjudica a sus hijos.

Afede, Alianza Franco Española De Abogados De Empresa Abogado en Salamanca

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