Mi pregunta es sobre cuota alimentaria

Realizada por Pamela. 24 oct 2019 Custodia compartida

Mis dudas son varias.
El padre de mi hijo está inscrito en la lista de deudores alimentarios morosos en la ciudad de Córdoba capital. Se le han enviado más de 4 emplazamientos para que deposite la cuota pero igualmente no se hace cargo.
El fallo de la jueza fue otorgarme el 50% mínimo vital de la cuota alimentaria. Se inició contra el abuelo y el fallo del abuelo ya salió hace casi 3 meses. Tengo entendido que antes retira dinero del abuelo y lo deposita en mi cuenta. Esto tampoco ha pasado.
Más de 3 años que estoy con abogada y no he obtenido nada de todo esto. La verdad es que los tiempos de los jueces y abogados es diferente al de mamás como yo que mantiene sola a su niño porque las cuentas hay que pagarlas y lo mismo y hay que cubrir las necesidades de los niños.
Todo aumenta y la verdad es que ya estoy cansada de ir y venir a mi abogada para recibir NADA. Quisiera saber si tengo que seguir con mi lucha o ya por fin darme por vencida y dar vuelta la página para seguir con nuestras vidas sin esperar nada del supuesto padre.
Gracias, disculpe las molestias.

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Estimada Pamela:

En estos casos lo apropiado es pedir ejecución de sentencia ente el mismo Juzgado que interpuso la demanda de relaciones paterno filiales y, en caso de seguir sin abonarla interponer una querella criminal por abandono de familia, es decir, proceder por la vía penal.

Si no está satisfecha con los servicios de su actual abogada le recomendamos que cambie a un especialista en familia de su confianza. Nosotros lo somos.

Confíe en nosotros y nos ocuparemos de todo. Quedamos a su entera disposición. Saludos cordiales.

SdeY Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días, en estos casos solo merece la pena continuar la lucha si hay alguna posibilidad de embargar, por ejemplo si el padre cobra nomina o tiene inmuebles a su nombre. Si es el caso debería solicitarse al juzgado averiguación patrimonial y embargo.
Saludos

Tomás Doriga Abogado en Barcelona

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Buenas tardes: Por el texto de su consulta, ignoro si a día de la fecha ha iniciado acciones penales contra el padre moroso. Es lo que puedo recomendarle, aunque si no tiene bienes ni ingresos el proceso se archivará por falta de responsabilidad penal. En cualquier caso, es un crédito que tiene Vd. contra él, y mientras siga reclamándole, no prescribirán las pensiones. Un saludo y suerte. J.e. Vázquez. Abogados. Sevilla.

Bufete Vázquez López & Asociados Abogado en Sevilla

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