Mi marido reclama pensión que nunca llegué a cobrar, ¿tengo que devolverlo?

Realizada por María .M. 29 sep 2012

Se acordó en su momento pensión alimenticia para mi hija de 300€. En 2003 interpuse demanda de atrasos por impago de una cantidad de unos 8000€ y la sentencia fue favorable, por lo que se empezó a ingresar una cantidad inferior siempre a los 300€ hasta que en 2010 dejó de ingresar justamente cuando empezó a trabajar con 21 años. Ahora recibo una sentencia reclamando que se embargó más cantidad de la debida y que tengo que devolver la diferencia. En definitiva que pagó los atrasos (8000€) reclama el resto ingresado y la pensión desde 2003 no la he visto ningún mes. ¿Tengo que devolverlo? ¿Puedo reclamarle la pensión que no pasó? Gracias

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Muchas gracias por contestar y por la ayuda, decir que hasta el día de hoy no ha solicitado la modificación de medidas, dejó de ingresar cuando mi hija empezó a trabajar, ahora tiene 21 años y lleva dos trabajando ¿qué es lo que se podría reclamar? Otro dato que aporto, es que la cantidad total que ingresó desde 2003 hasta 2010 que dejó de ingresar, no llega ni a la mitad de lo que debería haber ingresado entre pensión alimenticia mensual mas los atrasos de la sentencia de 2003, por lo cual, no entiendo que encima me reclame que se le embargó de más cuando debería haber pagado el doble de lo que pagó.

Muchas gracias de nuevo.

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Buenos días,
Por lo que usted cuenta es un tema complejo que hay que revisar desde el principio y hacer cuentas, sobre todo hacer muchas cuentas.
Según su versión no habría que devolver cantidad alguna pero hasta que no se examine y contabilicen los ingresos no se puede saber.

Saludos,
Manel Pedragosa, Abogado.

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Solamente puede reclamar las pensiones de los últimos cinco ańos, lo restante estaría prescrito. Ahora bien por lo que relata Ud. Es posible que pudiera reclamar cantidades posteriores si no lo ha hecho aún. También seria necesario conocer si su marido instó una modificación de medidas en cuyo caso habrá que atenerse a la notificación de sentencia . Pero las cuantías anteriores a 2003 han prescrito, no las puede reclamar

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