Mi hijo es mayor de edad y se encuentra trabajando, ¿cómo dejo de pasar pensión?

Realizada por Juan C. Barría D.. 28 ago 2012

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Ha de interponer una demanda de modificación de medidas, pero para que prospere, su hijo debe llevar trabajando tiempo, no vale que lleve trabajando cuatro meses con un contrato temporal pues entonces el Juez no lo va a considerar com oindependencia económica, incluso a veces dictan sentencias alegando que el quitarle la pensión alimenticia le impediría ponerse a estudiar si pisteriormente quisiera, eso lo suelen alegar cuando acaban de cumplir la mayoríà de edad.

Vera Grande Alonso Abogado en Madrid

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Puede, como le han comentado, solicitar una modificación de las medidas establecidas en su día en la Sentencia, en lo referente a la extinción o moderación de la pensión de alimentos. Deberá probar que su hijo tiene un trabajo remunerado en suficiencia como para proporcinarle una independencia económica, amén de una estabilidad. Si se trata de un trabajo temporal temporal, o de unas pocas horas durante la semana, o si su hijo vuelve al desempleo tras el verano, será más complicado que el Juez acceda a extinguir la pensión de alimentos. En cualquier caso, también puede solicitar la rebaja proporcional de la pensión.

Un saludo.

Rosa Torrandell Pedrera Abogado en Palma de Mallorca

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Buenos días,
debe formular una demanda de modificación de medidas para poder acreditar que su hijo trabaja y así conseguir que se extinga la obligación de pago de la pensión de alimentos o, en su caso, si el contrato es temporal, que la misma se limite en el tiempo teniendo en cuenta que ya se ha introducido en el mercado laboral. Recuerde que hasta que no finalice el procedimiento de modificación de medidas con sentencia firme, debe seguir pagando la pensión.
Reciba un cordial saludo

Ana García Vázquez Abogado en Madrid

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Si su hijo ya trabaja, puede solicitar una modificación de medidas para solicitar la extinción de la pension alimenticia, debe hacerlo cuanto antes, pues mientras no lo determine el juez su obligación será seguir abonando tal pensión. Para este proceso precisa de abogado y procurador.

Asesores Legales Alcalá 59 Abogado en Madrid

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Buenos días Juan,
Tiene que iniciar un procedimiento de modificación de medidas en el que solicite la extinción de la obligación del pago de la pensión de alimentos. Para este procedimiento, es necesaria la intervención de abogado y procurador. Reciba un saludo.

Teresa Rodríguez Magdaleno, Abogada Abogado en Avilés

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