Mi hija no estudia y trabaja, ¿puedo dejar de pasar la manutención?

Realizada por carmen. 17 may 2013

Hola, el otro día os consulté que pronto se me acabaría el paro y paso manutención a mi hija.

Mi hija no estudia y sé que trabaja días sueltos y fines de semana, me aconsejásteis que pidiera un abogado de oficio, hoy he ido a solicitar uno y cual ha sido mi sorpresa que al rellenar los papeles he puesto que soy casada ya que me casé de segundas el mes de octubre del año pasado, me dice la señora que por estar casada y mi marido superar los 1060 euros no tengo derecho a un abogado de oficio, y el caso es que mi marido tuvo una hija con una mujer, no se casó ni nada pero nació esa hija, pues bien, él tiene muchos problemas con esa mujer y tiene un montón de juicios con ella, resulta que lo que mi marido gana se va en su hija y pagar el abogado de tantos juicios, es más, ha sido condenado por no recoger a su hija los miércoles por motivos de trabajo etc. Yo no cuento con el sueldo de mi marido porque él tiene deudas y cosas que pagar y lo de su hija. Tengo una conocida que es abogada y me ha comentado lo que suelen cobrar por una modificación de medidas, que son 180 de procurador y 150 de abogado, yo no me puedo permitirme ese gasto, ya que tenemos lo justo para pasar el mes, en resumen... esta abogada me ha sugerido que deje que me denuncie mi ex cuando se me termine el paro. ¿Qué me puede pasar si llegara ese caso? Deciros que no tengo ningún bien a mi nombre, solo un coche que continúo pagando al banco, mi marido lo mismo, no poseemos nada, ¿qué me puede pasar si me denuncia por lo penal? No entiendo la justicia y sé que no puedo pagar la pensión, ¿cómo voy a pagar cerca de 400 euros de abogados? Ayuda por favor.

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Usted debe seguir por el camino que comenzó. Vuelva a insistir en lo del abogado de oficio. Da igual lo que le diga la persona que le coge los papeles, ella no decide, sólo recoge documentación.

Si se niega, busque la forma de presentarle una queja a esta persona ante el órgano correspondiente. Solicite una modificación de medidas, y aunque su hija trabaje, bien es cierto que si no es un trabajo estable, sino esporádico y de poca remuneración, a veces, no es considerado como un ingreso habitual, sino una simple ayuda.

NO se pueden mezclar los dos casos. Su marido tiene sus propios procedimientos y usted los suyos. Cuando inste la modificación, presente la documentación como que su hija trabaja, aunque sea de forma esporádica, el juez también debe valorar esta circunstancia y la nueva situación creada por la crisis económica.

Bufete Sánchez-Berja

Bufete Sánchez-Berja Abogado en Vilanova i la Geltrú

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Fui a pedir el abogado de oficio y al rellenar la documentación y ver que estaba casada me preguntó que cuánto ganaba mi marido, preguntándome si ganaba más de 1060. Al decirle que sí directamente rompió los papeles que había rellenado al mismo tiempo que me decía que no tenía derecho a solicitarlo ya que mi marido pasaba de 1060 euros.

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Con su situación lo único que puede hacer es presentar una modificación de medidas, otro tema es el del abogado, si lo solicita al turno de oficio no le pueden decir que no tiene derecho así de entrada, usted solicítelo, otra cuestión es impugnar en caso que se lo denieguen.

Lola Tormo Abogados Abogado en Valencia

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Si su hija dispone de medios propios, debe averiguar el alcance por si pudiera calificarse de una verdadera independencia económica. Si esto es así, puede instar una modificación de medidas por cambio sustancial de las circunstancias en aras a que el órgano judicial le suprima la pensión. Un saludo.

Abogados Navarro Cabanillas Abogado en Córdoba

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