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Buenos días
Debe usted seguir pagando la pensión hasta que su hija tenga medios económicos para vivir por su cuenta.
Si usted entiende que las circunstancias han cambiado respecto a cuando se dicto la sentencia en la que se acuerdan el pago de la pensión, porque su hija se ha independizado y tiene medios económicos, deberá asesorarse de un abogado para que ponga una demanda de modificación de medidas y así dejar de pagarle la pensión
Puede ponerse en contacto con nuestro despacho y le asesoremos sin compromiso y atención personalizada.
Carmen abogada de Málaga
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4 respuestas
Buenas noches, debería usted interponer una modificación de medidas a fin de extinguir la pensión y quedar liberado del pago.
Mientras no lo haga está usted obligado por una sentencia judicial.
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Buenos días, le informamos que usted deberá abonar alimentos a su hija hasta que esta sea independiente económicamente. Si desea que valoremos su caso con detalle, y la opción de acciones legales ante los Juzgados de Familia, en Grech Abogados somos expertos en Familia, estaremos encantados de atenderle, ¡venga a vernos!
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Buenos días Andrés. En principio, los mayores de edad sólo tienen derecho a pensión en tanto en cuanto estudien o no puedan valerse por si mismos económicamente por causa que no les es imputable. En este caso, podría extinguirse la pensión pero la hija podría interponer demanda contra AMBOS progenitores en reclamación de alimentos si lo necesitase.
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Buenos días:
mientras su hija no tenga independencia económica o se promueva una modificación de medidas, deberá seguir pagando la pensión. En el momento en el que ella tenga un trabajo con suficiente remuneración o termine sus estudios, o bien se independice en otro domicilio con su pareja, podrá dejar de pagar.
De todas formas contacte con un abogado para poder tener más información detallada.
atentamente,
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