Mi expareja no le ha pasado la pensión a mi hija dos meses seguidos

Realizada por Inma Guillem. 6 may 2014

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Tarragona, España.

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Puede denunciarle por vía penal, para lo que el Código Penal prevé condena de prisión o multa. Y por vía civil, puede ejecutar la Sentencia reclamando el importe debido más intereses, y el Juzgado embargaría bienes de él (nómina, cuentas corrientes, etc). Para ello precisaría de abogado y procurador. Somos un despacho de abogados de Barcelona expertos en Derecho de Familia, quedamos a su disposición.

V.Vivancos-Abogados Abogado en Barcelona

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Buenos días,
lo más efectivo es presentar demanda de ejecución civil, para ello es necesario acudir con letrado y procurador. Tiene mi despacho a tu disposición si precisas asesoramiento.
Saludos.

Maria Prota Abogados Abogado en San Lorenzo de El Escorial

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Distinguida Inma,

Como bien dicen mis compañeros, tiene dos soluciones para reclamar ese impago de pensión.

De entrada la penal, será más rápida, efectiva y menos costosa económicamente.

Independientemente de lo que decida, y por las consecuencias que tendrá necesita el asesoramiento de un abogado.

Quedamos a su disposición, cordialmente.

A.M.a.s. Abogados & Asesores Abogado en Barcelona

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Buenos días Inma,

Tiene dos opciones, o bien interponer ejecución de sentencia (vía civil) o interponer una denuncia en la policía. Saludos,

Abogada Sandra Burgos Abogado en Sabadell

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Estimada Inma,

Podrías reclamarle la pensión vía penal, mediante la pertinente denuncia.

Quedo a su disposición,

Rosario de la Llana Corral - Abogado Abogado en Zaragoza

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Tiene dos vías la civil y la penal.

Si opta por la civil tendría que presentar una demanda ejecutiva, firmada por abogado y procurador, en el Juzgado que dictó la sentencia de divorcio, reclamando las cantidades impagadas, intereses de demora y costas. El Juzgado practicara una averiguación patrimonial para tratar de embargar las cantidades debidas.

Si se decide por la vía penal, puede interponer una denuncia en cualquier comisaría o Juzgado de Instrucción de Guardia. En este caso no precisa de abogado ni de procurador.

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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