Mi ex no me ha pagado este mes la pensión, ¿puede ir a la cárcel?

Realizada por cristina. 12 jun 2014

Buenos días, el padre de mi hijo no me ha pagado la pensión este mes. Él tiene otra hija de otra relación anterior y esta madre ya le denunció hace unos dos años por impago y por lo que él me contó estuvo a punto de ir a la cárcel. Por un lado quiero denunciarle porque él no me da explicaciones y solo me cuenta mentiras. Cada mes tengo que estar detrás de él para que pague pero por otro lado pienso que si le denuncio irá a la cárcel directamente por ser reincidente y me da pena por mi hijo y por su familia con lo que me llevo bien. ¿Qué puedo hacer?

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Debería ponerse en contacto con un abogado para que le asesorase, según sus circunstancias personales, qué vía judicial es mejor: si la civil o la penal. No siempre que se insta la vía penal tiene como consecuencia el ingreso en prisión del denunciado.

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Muchas gracias, muy amables.

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Los impagos que pudiera tener con otra pareja, deberán ser reclamados y acreditados por ella, quien podrá igualmente denunciarle o presentar una demanda de ejecución reclamando las cantidades debidas.

Atte.

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Muchas gracias! ¿Entonces aunque con la madre de su otra hija sí tuviera 3 impagos seguidos si yo le denuncio le embargarán o multarán, no? A mí me preocupaba que como ya había incumplido la manutención con su otra hija al denunciarle yo fuera a la cárcel directamente aunque solo fuera un mes de impago en mi caso.

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Para reclamar el impago de la pensión de alimentos establecida, vd. tiene dos vías, la civil y la penal.

Si sigue la vía civil tiene que presentar una demanda de ejecución en el Juzgado que dictó la Sentencia de divorcio. El Juzgado decretará embargos para tratar de cobrar las cantidades debidas, intereses legales y costas.

Si sigue la vía penal tendría que presentar una denuncia en cualquier Comisaría o Juzgado de Instrucción. En caso de un único impago los hechos serían constitutivos de una falta y, en ningún caso, tendría como pena la prisión. Para que sea constitutivo de delito se requiere al menos un impago continuado de tres mensualidades. Igualmente se requiere que no la haya pagado pudiendo hacerlo, es decir, que el impago sea consciente y deliberado.

Atte.

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