Mi ex me amenaza con quitarme a mi hija.

Realizada por Elisabet. 27 nov 2015

Mi ex pareja con la que no estaba casada me amenaza con mensajes de que quiere quitarme a mi hija .Nos separamos porque yo ya no soportaba que él se gastará todo el dinero que podía en alcohol y cocaína, y por supuesto con los efectos de los dos productos se volvía agresivo y violento aunque nunca llegó a levantarme la mano. Trabajábamos juntos en un negocio donde se tenía que hacer una sociedad que al final no se hizo porque no quise asociarme con alguien de estas características, aparte de poco trabajador e irresponsable, aunque si invertí dinero que aun no he podido recuperar. Él se declaró insolvente y debe dinero a la Seguridad Social y esta embargado por un banco.


A los 3 meses y medio de embarazo dejo de preguntar y preocuparse por el proceso de mi embarazo y tampoco mostró interés por si faltaba algo para después del parto. Cuando estaba a punto de dar a luz me atosigaba con mensajes de que quería estar en el parto a la cual cosa yo no le deje puesto que terminamos mal la relación y no se preocupo antes. Ahora amenaza con quitarme a mi hija, en el registro civil mi hija lleva mis apellidos solamente.

¿Qué puede conseguir? ¿Puedo hacer algo para que no siga atosigándome y amenazándome con mensajes? Es difícil vivir así aparte de que esta todo el día contando mentiras por todo el pueblo.

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Su ex pareja actualmente no consta en el Registro Civil como progenitor de la menor, por lo que, para iniciar cualquier trámite de solicitud de guarda y custodia previamente tendría que obtener la filiación extramatrimonial de esa ñiña.

Una vez determinada la paternidad, podría solicitar se le estableciese un régimen de visitas, ya que, atendiendo las circunstancias personales sería prácticamente imposible que pudiera obtener la guarda y custodia de la menor.

Y, también, como consecuencia de la paternidad, se derivarían obligaciónes respecto a su hija, como el abono de una pensión de alimentos para contribuir a su manutención.

Atte.

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Buenas Tardes Elisabet, le informamos que en primer lugar si no tiene reconocida la paternidad del menor nada puede hacer, deberá instar primero un procedimiento de Filiación ante los Juzgados de Familia, aportando prueba de paternidad. Acto seguido reconocida dicha paternidad, podría solicitar un procedimiento de relaciones paternofiliales instando demanda contra usted y pidiendo régimen de visitas. Si por el contrario a usted le debe alimentos puede reclamarlos por la vía civil o penal. Pero si no están casados y dada la edad del menor, deberá instar usted demanda de solicitud de relaciones paternofiliales, y por supuesto denunciar ante la policía cualquier acto de amenaza, coacciones, etc.
Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia y Penal, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle.

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días Elisabet,

Dado que el padre no figura como tal en el Registro Civil, antes de que él pueda hacer nada sería necesario que presentara una demanda de paternidad. Ahora bien, si como dice, la está molestando con mensajes y usted se siente coaccionada de algún modo, sería conveniente que denunciara los hechos. A este respecto, le recomendamos que contacte con un abogado que le asesore para evitar evuentuales problemas, lo que usted manifieste, en su caso, en su denuncia, tendrá efectos que podrían perjudicarla en el futuro.
Estamos a disposición para asesorarla.

Un saludo,

ARBOLEYA FANJUL ABOGADOS

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Hola Elisabet,
Mientras un Juzgado no le reconozca como padre, tu ex no ostenta ningún derecho sobre la menor, de manera que antes deberá interponer una demanda de paternidad, en la que podrá solicitar un régimen de visitas y una pensión para la niña. Quedo a tu disposición para más aclaraciones. Un saludo, Cristina Cáffaro (abogada Mallorca)

Cristina Cáffaro Font Abogado en Palma de Mallorca

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Buenos días Elisabet.

En primer lugar no se deje intimidar y muéstrese firme, conserve todo tipo de mensajes con carácter amenazante que pudiere tener en su poder, para el caso de necesitarlo, y en el supuesto de que persistiese perturbando su tranquilidad sería necesario iniciar la vía penal.

Tener acceso a una guarda u custodia en las condiciones que expone sería un proceso un tanto complicado, pero no ha un régimen de visitas.

No menciona la edad de su hija, ante todo sea precavida y no deje a su hija sola ni un momento sola para evitar que cumpla sus amenazas, así como le recomiendo que ante la duda interponga la denuncia para evitar hechos de los que después nos podamos lamentar.

A su entera disposición

Jaime Pérez Parreño

Abogados Pérez & Olivares Abogado en Casas-Ibáñez

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Buenos días Elisabet
No figurando inscrito en el Registro Civil como hija suya,lo primero que tendría que hacer es instar un procedimiento para que se le reconozca la paternidad. Mientras no tenga reconocida a la niña no puede hacer nada. El reconocer la paternidad le podría dar el derecho a visitas, pero también la obligación de alimentos con lo cual posiblemente no haga nada y sea sólo una forma de presionarle a ud.
En cuanto a las amenazas y coacciones, si continua así, debería de formular una denuncia contra él. Procure conservar todos los mensajes.
Un saludo,
Gema Calahorra Brumós

Gema Calahorra Brumós Abogado en Zaragoza

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Buenos días

Veo dos cuestiones.
La primera es que si el no figura como padre en el registro no tiene derecho alguno. Incluso aunque reclamara la paternidad, como mucho podría pedir algún derecho de visitas bastante mínimo, pero no lo hará porque debería pagar alimentos.
En cuanto al tema del acoso, es un delito y debe denunciarse en comisaria o juzgado de guardia cuanto antes. Estoy a su plena disposición para ayudar en todo ello.
Ignacio Tomás
Abogado

Tomás Doriga Abogado en Barcelona

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Buenos días.

Si la niña no tiene los apellidos del padre, para la Ley, es un extraño a su hija, por lo que nada puede hacer en relación a ella mientras se mantenga esta situación.

Para poder tener potestad sobre la misma, y contribuir en todos los ámbitos de su desarrollo con derechos sobre la misma y OBLIGACIONES, se requiere que la niña sea reclamada por el padre como hija, a través del denominado proceso de filiación del que Ud. tendría pleno conocimiento y capacidad de defensa pro cuanto se inicia por demanda de la que le darían a Ud. traslado para que alegue lo que estime conveniente.

En cuanto a las amenazas, mi consejo es que guarde Ud. todos los mensajes que le envie, y si la situación llega a ser insostenible, las denuncie ante la Autoridad.

Cordiales saludos. Carreño & Casado Abogados.

Carreño & Casado Abogados Abogado en Collado Villalba

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