Mi esposo es bipolar, ¿puedo tener la custodia total de mi hijo de 8 años?

Realizada por Alicia Flores. 8 oct 2013

He tenido muchos problemas con él, me ha golpeado pero me robó los partes médicos, me difama y no he podido evitarlo, últimamente saca al niño de clases para verlo aludiendo que yo no le permito verlo por otro lado me envía absurdos mensajes de amor. Si me dieran la custodia total de mi hijo, ¿me puedo ir a otro estado a vivir?

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Buenas tardes Alicia.
Aunque no lo especifica, doy por hecho que existe un convenio amparado en una sentencia. Si es así lo que debe hacer es instar un procedimiento de modificación de convenio.
Si actualmente no tiene usted la custodia, que por lo que describe parece que sí, es probable que la pueda conseguir. Si ya la tiene, se puede pedir la suspensión del régimen de visitas, pero eso solo se consigue en casos muy claros y extremos.
Tanto el padre tiene derecho al contacto con su hijo, como el hijo al contacto con su padre, por ello es difícil que se suspenda el régimen de visitas pero sí es posible modificarlo y que el menor no esté solo con el padre (en el supuesto que hubiese algún peligro para el menor).
Otro cosa sería intentar quitarle al padre la patria potestad, pero si el contacto con el menor ya es difícil, quitarle la patria potestad es super difícil y solo se consigue en casos muy extremos.
Puestas así las cosas, usted no puede disponer del menor unilateralmente, y por tanto no puede llevárselo a vivir a otro país sin el consentimiento del padre o del juez.
Si lo desea contacte con nosotros para ampliarnos la información y así poderle aconsejar con mejor y con mayor conocimiento de causa y, en su caso, poderle llevar el caso. Saludos.

A.llei Abogado en Sabadell

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Estimada Alicia:
En primer lugar, si ya existe un convenio que regule el régimen de visitas, deberá usted solicitar, ante el Juzgado que homologó dicho convenio, la suspensión o modificación del régimen de visitas, solicitando por ejemplo que éstas se desarrollen en un Punto de Encuentro Familiar, para ello deberá demostrar con los medios de prueba de que disponga la situación que nos comenta. De cualquier manera, en el supuesto de que suspendiese el régimen de visitas, no podría usted de ninguna manera abandonar el país sin la debida autorización del padre, para ello tendría que estar éste privado de a patria potestad que es una medida que sólo se adopta en casos extremos.
Por otra parte, si está siendo usted víctima de actos delictivos (maltratos de obra o palabra, difamaciones, etc.), deberá denunciar tales hechos aportando los medios de prueba de que disponga para que se inicie un procedimiento penal contra el supuesto autor de tales hechos.
Le sugerimos que contacte con abogado de su localidad o elección.
Estamos a su disposición.

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Para el caso en que le concediesen la guarda y custodia a vd., ello no implicaría que pudiese irse a vivir donde vd. considerase y sin tener en cuenta al padre del menor. En su caso, máxime si ha existido violencia, podría lograr incluso la retirada de la patria potestad que el padre tiene sobre el hijo para así poder vd. tomar todas las decisiones respecto de su hijo. Para todo ello ha de interponerse la correspondiente demanda de medidas personales, para lo que requiere de la asistencia de abogados y procurador.
Es por ello que le recomiendo que se ponga cuanto antes en contacto con un abogado que le explicará detalladamente cuáles son las opciones de las que dispone.
Reciba un cordial saludo,
Ane Miren Magro.

ERCILLA ABOGADOS Abogado en Bilbao

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Podría solicitar la suspensión del régimen de visitas o bien que las mismas sean controladas a través de un punto de encuentro. En cuanto a marcharse con el menor fuera del país, es más complicado, precisa autorización judicial y justificar la necesidad, y siempre y cuando el juez lo permita. Es decir, Ud. tiene derecho a moverse libremente, si bien el menor tiene también derecho a tener contacto con su padre, salvo que un Juez decida lo contrario. Para ello debiera aportar informes médicos ,y realizar una prueba psicosocial. En cualquier caso, privar a un padre de la patria potestad es una medida que solamente se acuerda en casos extremos.

Asesores Legales Alcalá 59 Abogado en Madrid

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