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En primer lugar, ver en los Juzgados de lo Mercantil correspondientes si la empresa está en Concurso. Si lo está, persónate en el procedimiento y comunica el crédito. Si no lo está, de forma paralela y si te interesa puedes instar la resolución de tu contrato laboral para ser indemnizado de conformidad con el despido improcedente, o sólo interponer demanda de reclamación de cantidad frente a tu empresa. En Sevilla, hoy, están señalando los juicios de reclamaciones de cantidad para el año 2015. En cualquier caso, te aconsejo ponerte en manos de un profesional.
Gracias,
Carlos Bejarano Gallardo
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3 respuestas
Además de poder reclamar judicialmente los salarios impagados más los intereses, puede solicitar la extinción del contrato por incumplimiento empresarial, con una indemnización de 45/33 días/ año trabajado y derecho al desempleo.
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Debe exigir el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato mediante una carta certificada en primer lugar. Si continúa su actitud, puede proceder a hacerlo ante el Smac o procesos Monitorio en reclamación de dichas cantidades.
Un saludo cordial.
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Si su contrato es laboral, tiene dos opciones: una, reclamar las cantidades debidas a través de un procedimiento laboral. Dos, además de la primera, solicitar la rescisión del contrato con una indemnización equivalente a la del despido improcedente.
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