Me voy a Madrid con una carta de invitación y me quiero casar allá con mi novia
Realizada por elancer. 6 abr 2015
La cuestión es que solo dispongo de 90 días según la carta, ¿si me caso puedo obtener el permiso de residencia antes de que se finalice el permiso por los 90 días? ¿O tendría que regresarme a mi país y esperar a que ellos emitan la tarjeta de residencia? ¿Qué riesgos hay si me quedo luego de los 90 días para mi pareja que es residente española?
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 1 personas
Hablas de tu novia de residente española, no de española, con lo cual, casarte con ella no te garantizaría la ciudadanía europea.
Desde mi opinión, por logística si que se podría celebrar la boda, pero esta tendría efectos en el lugar de celebración y se tendría que registrar en el Consulado o Consulados correspondientes a modo de Registro Civil. Fuera de ello no veo. Ningún efecto más. John Lennon y Yoko Ono se casaron en Gibraltar, y nunca fueron reconocidos
¿Te ha resultado útil?
¡Gracias por tu valoración!
3 respuestas
Esta respuesta le ha sido útil a 1 personas
Lo más probable es que en 90 días no dé tiempo de tramitar el expediente matrimonial. Lo más aconsejable es que, a pesar de que quedaría en situación de irregularidad, no regresara a su país, ya que si no no podría volver a España.
¿Te ha resultado útil?
¡Gracias por tu valoración!
Esta respuesta le ha sido útil a 1 personas
Hola,
Es difícil que puedas casarte antes de los 90 días salvo que ya vengas con la fecha de la boda cerrada. En cualquier caso, una vez que te cases con española pasarás a ser familiar de comunitario y será esa la autorización que debas tramitar.
Si tardas más de 90 días, quedarás en situación irregular y deberás tener cuidado de que no te pare la policía porque podría sancionarte.
Un saludo,
Hola,
Si te casases aquí con tu novia española, podrías tramitar una autorización de residencia de familiar de comunitario. El problema es cuándo se va a celebrar esa boda. Si va a tardar más de los 90 días, vas a pasar a estar en situación irregular y deberás tener cuidado porque puedes ser sancionado.
Un saludo,