Me reclaman una empresa una deuda de La Caixa

Realizada por Javier. 8 may 2014

Hace 14 años de ello, pensé que estaba abonado. ¿Qué hacer?

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Buenos días Javier.
Habría que ver de que tipo de deuda se trata, pero hay que tener presente que mientras el plazo general para la prescripción de deudas en el derecho estatal es de 15 años, si se puede aplicar el derecho catalán, la prescripción es de 10 años.
Así que cabe la posibilidad de que la deuda esté prescrita.
Si lo desea puede ponerse ne contacto conmigo para aportar más información y de esa manera poder aconsejarle mejor e incluso poderle llevar el caso. Saludos

A.llei Abogado en Sabadell

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Estimado Javier,
Si esta abonado debe usted buscar el documento acreditativo del pago. De cualquier manera habría que ver la documentación sobre la que se sustenta la reclamación. Con deudas tan antiguas a veces la mayor parte de lo reclamado son liquidaciones, recargos e intereses.
Saludos.

Alejandro Zambrano García-Raez Abogado en San Fernando

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En España el plazo para reclamar una deuda ordinaria, así como las derivadas de una relación mercantil, comercial o de prestación de servicios es de quince años.

Por tanto, es posible que la deuda no haya prescrito, y esa empresa se haya subrogado en la deuda que mantenía con la entidad bancaria.

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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