¿Me pueden obligar a pagar el psicólogo de mi hijo?

Realizada por Juaquin. 24 dic 2012

Buenas tardes,


En mi convenio pone que los médicos que no entren en la mutua o en la seguridad social se pagarán el 50% cada uno, pero estamos obligados a decidir médico y tratamiento entre los dos.


La madre lo ha llevado al psicólogo y me ha informado cuando ella ha elegido llevarlo, ha elegido el sitio, y ya ha ido a la primera visita. También hay que decir que hay posibilidad de que lo cubra la seguridad social.


¿Puede reclamarme el dinero judicialmente?


Gracias y felices fiestas

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Generalmente se consideran gastos extraordinarios aquellos episodios no previstos, es decir, carentes de regularidad, pero necesarios que surgen al menor, y no están cubiertos por la pensión de alimentos, como pueden ser los gastos médicos, farmaceúticos, etc.

Partiendo de que la visita al psicólogo puede considerarse como necesaria, no puede perderse de vista que ambos progenitores ostentan la patria potestad del menor, por lo que las decisiones que puedan afectar a su salud, deben ser tomadas por ambos, y en caso de discrepancia tendrá que decidirse en el Juzgado, por tanto, hubiera sido conveniente que se hubiese consultado al padre el psicólogo elegido, ya que su opinión al respecto también cuenta.

Atte.

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Buenos días,

Habría que leer el convenio regulador si lo hay o la Sentencia para ver los términos en que están redactados, pero en principio, si no lo cubre la Seguridad Social y el menor lo necesita, usted está obligado a abonarlo y se le podrá reclamar judicialmente.

Un saludo.

Ana Pérez Pérez- Gabinete Jurídico Abogado en Huércal-Overa

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Se puede considerar un gasto extraordinario y si se le ha comunicado deberá abonar la mitad. En caso de discrepancia puede acudir al juzgado.

Alonso & Pons, Abogados Abogado en Valencia

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