¿Me pueden despedir estando de baja por un accidente laboral?

Realizada por Fernando. 8 nov 2013

Llevo subcontratado en otra empresa 6 años con un contrato indefinido, y esta empresa me ha comunicado de forma no oficial que mi trabajo con ellos finalizará el próximo 31 de Diciembre.

Tengo una operación pendiente motivado por un accidente laboral y seguramente sería para enero.

Si adelanto la operación a mediados de diciembre, ¿me podrían despedir, o se deberían esperar a finalizar la baja?


Les agradecería una pronta respuesta. Un saludo y muchas gracias.

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Le pueden despedir, pero si demanda judicialmente, lo probable es que obtenga una sentencia declarando nulo el despido, si hay vulneración de derechos fundamentales, y condenando a la readmisión, o improcedente, condenando a la empresa a abonar una indemnización de 45/33 días/año y derecho a percibir las prestaciones por desempleo.

Bufete Losada Abogado en Madrid

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Buenos días Fernando.
El hecho de que usted se encuentre de baja no significa que la empresa no lo pueda despedir, otra cosa es que se puede impugnar el despido ante el Cmac primero y luego ante la autoridad laboral competente del lugar donde usted resida.
para cualquier aclaración se pueden poner en contacto con el despacho.
Atentamente

Jionos & Abogados Abogado en Sevilla

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