¿Me pueden denegar el paro?

Realizada por danna. 30 mar 2012

Estoy empadronada en casa de mi madre al igual que mis dos hermanas y mi madre. Mi madre recibe una pensión de pre jubilación y mis hermanas trabajan. El caso es que estamos empadronadas en esta casa pero realmente una de mis hermanas vive con su novio, y yo vivo sola.


¿Me lo pueden denegar por haber ingresos en este domicilio?

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No es posible que te denieguen el paro por los motivos que has expuesto. La prestación por desempleo se otorga en función del tiempo trabajado y cotización a la seguridad sociL INDEPENDIENTEMENTE de los ingresos que se tengan en el seno de tu familia.

MªConcepcion Martinez.
S.J.I. y ASOCIADOS,C.B.
Abogados

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Buenos días:

No, no es posible que te denieguen el paro por esos motivos. El paro es una prestación de caracter personal y responde a otras causas que nada tiene que ver con los ingresos que entren en una familia. Espero haberte ayudado.

Recibe un saludo

Melgar Conde Abogados & Asociados Abogado en Vigo

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No, no es posible que te denieguen el paro por esos motivos. El paro responde a otras causas que nada tienen que ver con los ingresos que se generan en una familia

Saludos,

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La prestación por desempleo, va en función de lo que Vd. haya cotizado, y el tiempo trabajado, sin que tenga que influir la familia con la que conviva.
Otra cosa bien distinta, es el subsidio, que si efectivamente te lo pueden denegar, si las personas con las que convives tienen ingresos todos.

Un saludo,

Josefina Santana

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No, no es posible que te denieguen el paro por esos motivos. El paro responde a otras causas no tiene relación con los ingresos que entren en una casa.

Un cordial saludo,

ABOGADOS VEA

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Muchas gracias por la información :D

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Buenos días,

La prestación por desempleo es personal, y es indiferente con quién conviva y sus ingresos, ya que el derecho a percibirla viene por el tiempo trabajado y cotizado.

Un saludo,

Miren Lizarralde

Miren Lizarralde Abogada Abogado en Donostia-San Sebastián

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El paro, como prestación de desempleo, no está ligado a los ingresos familiares. Los requisitos son estar afiliado a la Seguridad Social, tener cubierto un período mínimo de cotización, haberse quedado en situación legal de desempleo, acreditar disponibilidad para buscar empleo y no estar en edad de jubilación. Siempre y cuando no se haya cesado voluntariamente del trabajo. En el caso que estemos hablando del subsidio, sus rentas no pueden superar el 75% del SMI.

Un saludo

S&N assessors Abogado en Vilafranca del Penedès

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En principio la respuesta es NO.

El paro se paga en función de lo que VD. haya trabajado y cotizado, con independencia de donde viva y de con quien viva.

Elejabeitia Abogados. Fernando de Elejabeitia

Elejabeitia Abogados Abogado en San Bartolomé de Tirajana

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