Me operan, ¿qué hago?

Realizada por CArlos CAñete. 17 sep 2015

¡Hola!


Este lunes que viene día 21/09 me van a operar de la pierna. Tengo un contrato determinado de trabajo, ¿qué es mejor para mí, coger la baja? Lo digo porque me ha dicho el encargado que me van a hacer como que me despiden, o sea, cogiendo yo baja voluntaria.


¿Qué es lo mejor para mí para poder tener luego una ayuda económica? Ya que voy a estar 3 meses de baja. Gracias

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Buenas tardes, usted tendrá que coger la baja laboral que le su médico, y dejar de transcurrir el tiempo del contrato que la empresa determine, nunca se de de baja voluntaria de la empresa porque se quedará sin derecho a percibir el paro si le corresponde. Un saludo

Estudi Jurídic Castella Abogado en Prat de Llobregat (El)

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Buenas tardes.
Ud tendrá que entregar a la empresa el parte de baja médica. Lo que no aclara es el tipo de contrato si indeterminado o por obra o servicio o eventual de la producción. De todos modos deje que sea la empresa que actúe. Desde el momento en que pongan en su conocimiento que ha sido despedido tendrá 20 días hábiles para interponer la papeleta de conciliación. Sobre este tema podrá pedir asesoramiento al mismo Tribunal de la Mediación y dentro del mismo plazo de los 20 días si tiene que acudir al Juzgado de lo Social podrá también pedir, siempre que tenga derecho a ello, abogado de oficio. Para las prestaciones y subsidios en caso se tratara de enfermedad común, tendrá que presentar al INEM el acta de Conciliación. El plazo es de 15 días desde su despido y en el caso no le faciliten el certificado de empresa y demás documentos que sean necesarios, será el INEM que suspenderá el plazo hasta que Ud entregue copia del acta de conciliación.
Reciba un cordial saludo.

HM & P. Abogados y Asesores Abogado en Eivissa / Ibiza

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Buenos días

No aclara si le tienen que operar por accidente laboral, o es por enfermedad común.
En caso de que sea consecuencia de accidente laboral, podría demandar a la empresa y pedir indemnización por daños y perjuicios.

Por otro lado, no debe pedir baja voluntaria, pues no tendría derecho al desempleo. Si la empresa quiere despedirle, usted puede demandarles por despido y reclamarles cantidades que le adeude.
Si desea asesoramiento puede ponerse en contacto con nuestro despacho
Carmen abogada de Málaga

M-G& D Abogados Abogado en Málaga

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Buenos días Carlos,
Independientemente de la modalidad de contrato, en ningún caso acepte lo que ´le han indicado de baja voluntaria, ya que en este caso es Ud. el que extingue la relación laboral y pierde todo derecho a ser beneficiario de la correspondiente prestación por desempleo.
Si quieren extinguir la relación laboral, que sean ellos los que la extingan, sea la modalidad que sea (objetiva, disciplinaria).
Quedamos a su completa disposición si tiene algún tipo de consulta.

Abogado Laboral y Seguridad Social Martínez & Asociados Abogado en Cambrils

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Buenos días Carlos. por lo poco que cuentas entiendo que te vendría mejor causar baja, aunque luego te despidieran, puesto que la baja voluntaria te puede perjudicar a la hora de reclamar paro, etc. en el caso de que te correspondiera.

Gutiérrez & Riesgo Abogados Abogado en Madrid

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