Me han despedido estando de baja ¿cobro la baja o el paro?

Realizada por Irene. 14 may 2015

Buenos días. Me han despedido cuando llevaba 4 días de baja por enfermedad común. Actualmente sigo de baja. Quisiera saber si estando de baja voy a cobrar lo mismo por la mutua que si estuviera en paro cobrando prestación contributiva.

Muchas gracias,

Saludos.

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Buenas tardes, si usted está de baja tendrá derecho a cobrar la IT hasta que le den el alta. Una vez la tenga tiene un plazo de 15 días para pedir la prestación por desempleo. Si desea que valoremos su caso, en Grech Abogados estaremos encantados de atenderle, ¡venga a vernos!

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Buenas tardes, Irene.
Si durante su contrato tiene una baja por incapacidad temporal (IT) y al finalizar éste prosigue en esa situación, seguirá percibiendo la prestación hasta la alta médica. Eso sí, su cuantía se modifica y pasa a ser la equivalente a la de la prestación por desempleo.
Una vez que obtenga el alta médica tiene quince días hábiles para pedir la prestación por desempleo. Si el motivo de la baja es una enfermedad común o accidente no laboral y le corresponde una prestación contributiva porque ha cotizado 360 días o más, se descuenta el tiempo transcurrido entre el fin del contrato y el alta médica y el Servicio Público de Empleo cotiza a la Seguridad Social ese periodo.
Si la causa de la baja es una enfermedad profesional o accidente laboral, no se descuenta ese tiempo, pero tampoco ese periodo es cotizado. Tampoco hay descuento si tras el alta médica le corresponde cobrar un subsidio por desempleo, con independencia de la causa de la IT.
Para cualquier consulta o aclaración adicional, no dude en contactar.
Reciba un cordial saludo.

Nubila Legal Abogado en Alcorcón

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