Me han denunciado algunas empresas por impago de créditos, ¿qué hago?

Realizada por Atenea. 27 sep 2012

Algunas empresas con las que tenía créditos antes de quedarme en paro han procedido a denunciarme oficialmente y me gustaría saber qué va a ocurrirme o qué puedo esperar que pase. Estoy en paro, cobro una ayuda pues agoté la prestación contributiva y no tengo bienes a mi nombre. Un abrazo

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Buenos días Atenea,
En principio la contestación a su pregunta, sería pagar. Pero claro si no tiene medios para ello, puede hacer varias cosas, puede intentar llegar a un acuerdo de pago aplazado con las empresas a las que le debe el dinero, y si no accedieran o no pudiera pagar nada, se podría declarar insolvente. Lo que sí que tiene que tener en cuenta, es que en el caso de que tuviera algún bien a su nombre, o en algún momento, alguna nómina, pensión,......procederían a su embargo. La deuda se quedaría pendiente, aunque en estos momentos no tenga medios para pagarlas.

Un saludo,
Rosa Mª Viera - Abogada en ROMAVIPE ABOGADOS TORRENT

Romavipe Abogados Abogado en Aldaia

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Atenea,
Deberíamos saber si la han denunciado o demandado. Puede que se trate de procedimientos monitorios para procurarse el pago. Lo que debe hacer en tal caso es examinar si dichas peticiones son correctas (la deuda está correctamente liquidada, la cuantía que se le reclama es la que efectivamente adeuda, la demanda no tiene defectos, etc.) y oponerse si hay errores a la estimación de las mismas.

Si las demandas prosperan y usted no paga, pueden solicitar embargo de bienes suficientes para cobrarse la deuda. El salario mínimo es inembargable. Otra opción sería solicitar concurso de acreedores voluntario, aún siendo persona física. Sin embargo, habría que estudiar el caso al detalle para saber qué le conviene hacer.


Un saludo;
Rosa Torrandell.
Abogada.

Rosa Torrandell Pedrera Abogado en Palma de Mallorca

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Lo mejor es que intente negociar las deudas. En principio por su situación económica no podrán embargarle nada, pero en el momento en que tenga un salario o bienes sí podrán embargarle y entonces es posible que los interese y costas hayan podido duplicar la deuda actual.

Asesores Legales Alcalá 59 Abogado en Madrid

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