me gustaría si se puede reclamar al ayuntamiento por accidente

Realizada por carmen. 26 dic 2020

Buenos días,
tuve un accidente el día 11 de este mes, con la bici eléctrica de Bicimad al pasar por unas placas metálicas que estaban mojadas (por la lluvia). Esas placas son peligrosas y sin embargo, el carril bici pasa por encima de ellas. Creo que debería cambiarse esa señalización de carril bici o al menos señalizar que es zona peligrosa(casualmente cuando iba a una revisión médica, el taxista que me llevaba, también se había caído ahí, es decir, no soy ni la primera ni la última a la que le pasa.
Me gustaría saber si se puede denunciar y cuáles son los pasos a seguir. Se puede pedir una compensación, aunque solo sea por los gastos derivados del accidente?
Muchas gracias
Un saludo

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Podrá reclamar los daños derivados del accidente. Deberá acreditar la realidad del accidente, las lesiones y el daño producido.

José Ignacio Guerrero Suárez - SILCA ABOGADOS Abogado en Sevilla

1041 respuestas

555 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Por supuesto que usted puede reclamar... nuestro ordenamiento jurídico regula la responsabilidad patrimonial de la Administración pública, cuando
se trate de un hecho imputable a la Administración, bastando para ello con acreditar que se ha producido un daño ''antijurídico'' en el desarrollo de una actividad cuya titularidad corresponde a un ente público.
Que el daño antijurídico producido genera un detrimento patrimonial injustificado, no teniendo deber jurídico de soportal tal daño el perjudicado.
El perjuicio patrimonial ha de ser real, evaluable económicamente, efectivo e individualizado en relación con una persona o grupo de personas.
Relación de causalidad directa y eficaz entre el hecho imputable a la Administración y el daño producido.
No es necesaria la concurrencia de fuerza mayor. Sí se utiliza en estos casos el carácter de ''fortuito''.

VICTOR LLAMAZARES GONZALEZ Abogado en Almería

56 respuestas

10 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas