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Buenos Dias Mariano, le informamos que si usted se encuentra en régimen de gananciales, asi es, pero si ustedes tienen divorcio contencioso con liquidación de gananciales, usted podrá exigirle lo que pagó de más y que le compense. Si desea que valoremos su caso, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a a vernos, estaremos encantados de atenderle!!!
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1 respuesta
Buenos días,
Si la deuda es ganancial debe seguir abonándola, pero si en el proceso de divorcio es contencioso y se ha dictado auto de medidas acordando la separación de bienes o han otorgado capitulaciones matrimoniales con motivo de la crisis que ha desemboca en el proceso de divorcio, lo que pague de más puede reclamarlo al momento de liquidar la sociedad de gananciales.
Un saludo
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