Os explico mi caso: mi pareja me denunció por impagos. Llevo desde el mes de febrero del 2013 a media jornada y pasándole lo que me pedía cuando estaba a jornada completa, 400 euros, hace unos meses empezamos a hablarnos por nuestros hijos, los cuales veo cada 15 días y empecé a entregarle el dinero cada vez que ellos venían, se los entregaba a ellos o sea no por banco y así lo hice tres meses o cuatro, ahora estoy en paro desde hace 4 meses y aún así le paso la manutención, a veces no el total pero se lo expliqué y no lo entiende, ¿qué me puede pasar? Estoy muy nervioso.
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Buenos días!
El problema de los pagos en efectivo, es que en principio no queda constancia de los mismos, y por tanto puede ocurrir que no se tengan por realizados.
Como su situación económica ha variado considerablemente, debe usted instar un procedimiento de modificación de medidas.
Quedo a su disposición, para asesorarle sin compromiso alguno.
Un saludo y buen día!
Buenos días Javier.
Lo que procede es instar una demanda judicial de modificación de medidas para ajustar la pensión a su nueva situación.
Jamás debe realizar los pagos en efectivo y menos a través de sus hijos, siempre con un medio que deje rastro en su extracto bancario.
Si lo desea puede contactar conmigo para ampliar la información y de esa manera poder aconsejarle mejor, e incluso poderle llevar el caso. Saludos.
Los pagos en concepto de pensión de alimentos siempre debe hacerlos mediante transferencia o ingreso en el banco de forma que quede constancia ya que los pagos en efectivo se pueden considerar no efectuados.
Si su situación laboral ha cambiado, lo que debe hacer es acudir a un abogado que presente demanda de modificación de medidas, adaptando la pensión de alimentos a su nueva situación laboral y económica.
Tiene mi despacho a su disposición si precisa asesoramiento.
Saludos.
En primer lugar, le advertimos que los pagos de la pensión alimenticia, dadas las graves consecuencias de su incumplimiento, siempre deben realizarse por transferencia bancario, o firma de recibo, es decir deben quedar probados.
En segundo lugar, Vd mediante abogado y procurador debe presentar demanda de revisión de convenio, en orden a fijar la pensión alimenticia a su actual situación económica.