Me demandaron por alimentos y me llamaron por fiscalía, ¿qué va a pasar?

Realizada por sebastian. 15 sep 2014

Tengo un hijo de 3 años y soy separado de la mama desde el embarazo, he intentado pasarle a mi hijo pero ella no me ha querido recibir, se me ha perdido varias veces por muchas temporadas, yo tengo mi hogar con otra mujer y una niña de 1 año, ella hace poco se apareció de nuevo en mi vida diciéndome que necesitaba ayuda porque estaba mal de plata, que ella me iba a dejar compartir con mi hijo, yo le he colaborado en lo que he podido pero ahora ella de un día para otro me dice que estoy citado por fiscalía, ¿qué debo hacer?

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Don Sebastían.

Basándonos en el relato que plantea, parece que la Fiscalía ha entrado a conocer de un posible incumplimiento de la obligación de sufragar los costes de alimentos de un menor fruto de una sociedad conyugal ya disuelta.
Sería pertinente revisar las condiciones pactadas en el convenio regulador, si lo hubiera.
Además usted indica que trató de abonar la pensión alimenticia a la madre que la rechazó, por lo que sería interesante ver la viabilidad de demostrar esta circunstancia y los abonos que ud, efectivamente haya realizado.
Lo primero es que busque asistencia letrada. Para lo cual quedamos a su disposición. Reciba un cordial saludo.

Magnum Abogados Abogado en Alcalá de Henares

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Buenos días Sebastián,

Por la información que nos da, parece ser que la madre de su hijo ha iniciado el proceso de reclamación de la pensión de alimentos. Existen dos vías judiciales para reclamar la pensión en cuestión: la vía civil y la vía penal. Con la notificación, le comunican el inicio del procedimiento, a la vez que implica que usted deberá ser asistido y representado por abogado y procurador.

Quedamos a su disposición.
Saludos cordiales,

jeronilliteras Abogado Abogado en Manacor

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Buenos días,
Seguramente te haya requerido el pago de los alimentos por vía judicial, que puede haberlo realizado por la vía civil o por la vía penal. Si es así, en cuanto te llegue la notificación se iniciará un procedimiento en el que deberás comparecer con Abogado y Procurador y en el que se discutirá el pago de la pensión de alimentos.
La reclamación de alimentos prescribe a los cinco años, por lo que podríamos estar hablando de una reclamación de las cantidades generadas desde el nacimiento del menor.
Espero haber sido de ayuda. Quedo a tu disposición.

Andrés García Ramón Abogado en Valencia

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