El 1 de octubre el adeudo de mi jefe asciende a 4 nominas. Me planteo denunciarle pidiéndole la extinción del contrato. Sé que hasta sentencia firme, ¿debo acudir a mi puesto de trabajo, esos meses se puede negar a pagarme?
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Sí, deberá trabajar hasta que exista sentencia firme. Negarse no puede... la cuestión es si puede pagar. Si no tiene dinero ni bienes embargables no podrá sacarle nada, pero siempre podrá reclamar al FOGASA una parte de las nóminas y de la indemnización.
Debe demandar reclamando los salarios pendientes y para ello tiene el plazo de un año desde la deuda, pero antes debe reclamar ante el servicio de conciliación de su comunidad autónoma, y si la empresa no puede pagar por ser insolvente el FOGASA asume el pago con unas limitaciones.
Buenos días, debe interponer una papeleta de conciliación ante el SMAC o CMAC de su ciudad, además de una demanda en la que puede solicitar como medida provisional la dispensa de acudir al puesto de trabajo. Puede ponerse en contacto conmigo para que le lleve su caso. Un saludo.
Buenos días,
Primero debe realizar un acto de conciliación y tras ello una reclamación de cantidad junto con la extinción voluntaria del contrato de trabajo. Para cualquier cuestión no dude en ponerse en contacto conmigo.
Saludos
Lorena Abad Velázquez
Abogada
Inicie reclamación, para ello:
1º.- Presente papeleta de conciliación para exigirle lo que le deben. Si a la cita no se presenta la empresa o no llegan a acuerdo entonces se acudirá a la demanda judicial.
2º.- En todo caso debe seguir acudiendo a trabajar. Sólo se rescindirá el contrato cuando el juez así lo estime, con sus consecuencias económicas.